Ayudas para la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios.
Código de ayuda:
S69282/09Norma:
ORDEN AAR/472/2009, de 2 de noviembre.Plazo de Solicitud:
A partir de la fecha de publicación de esta Orden y durante el año 2010.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Etablecer el procedimiento preceptivo a fin de que los interesados en solicitar las ayudas que se establezcan en el marco del PDR para el periodo de programación 2007-2013, de las actuaciones 123.02 Ayudas a inversiones para la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productosagrícolas y forestales y 123.03 Ayudas a inversiones en zona periurbana para la mejora de los procesos de comercialización de los productos agrarios no incluidos en territorio Leader, así como a la línea de Préstamos en régimen de ayudas de minimis para las inversiones para la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios y alimenticios puedan iniciar sus proyectos de inversión antes de la publicación de la convocatoria de estas ayudas.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas que realizan procesos de manipulación, transformación y/o comercialización de los productos del anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, salvo los productos de pesca, que tengan previsto acogerse a las ayudas para la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios que se establezcan en el marco del PDR para el periodo de programación 2007-2013, aprobado por la Decisión de la Comisión de 15 de febrero de 2008, o losestablecidos en forma de préstamos en régimen de ayudas de minimis a cargo del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, y que necesariamente tengan que iniciar las actuaciones con anterioridad a la publicación de la convocatoria de las ayudas, podrán comunicar a la Administración esta circunstancia y solicitar la visita previa de comprobación de no inicio de las inversiones.
Documentos asociados
Boletín:
06/11/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5500
Documento: Resgulación de comunicación Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5500
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