Ayudas para la mejora estructural y modernización de las explotaciones agrarias de Cantabria.

Código de ayuda:

S34800/05

Norma:

Orden GAN/34/2005, de 9 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar ayudas para la mejora estructural y modernización de las explotaciones agrarias de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1.257/1999 del Consejo, de 17 de mayo, Reglamento (CE) número 817/2004 de la Comisión, de 29 de abril, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, y en el Decreto 100/2001, de 26 de octubre, todo ello dentro del marco establecido en el Programa Operativo Integrado en la Comunidad Autónoma de Cantabria para las intervenciones estructurales comunitarias en el período 2001-2006.

Las ayudas reguladas en esta Orden, cofinanciadas por la Sección Orientación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), tienen por objeto contribuir a la mejora de vida y trabajo de los agricultores, al rejuvenecimiento del sector agrario, la mejora de las estructuras y la adaptación de las explotaciones, así como la protección del medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Líneas de ayuda auxiliables:
1. Inversiones en explotaciones agrarias mediante planes de mejora.
2. La primera instalación de agricultores jóvenes.
3. La construcción o acondicionamiento de la vivienda vinculada a dependencias agrarias que constituya la residencia habitual de los agricultores profesionales.
4. Las prestaciones de servicios a la explotación agraria, mediante:
a) Inversiones destinadas a la prestación de servicios a terceros en la actividad agraria, realizadas por agricultores profesionales o sus agrupaciones.
b) La creación de servicios de sustitución en las explotaciones agrarias de los socios de agrupaciones de agricultores profesionales.
c) La creación o ampliación de servicios de ayuda a la gestión de las explotaciones de los socios de agrupaciones de agricultores profesionales.
5. Las inversiones colectivas de carácter agrario, en terrenos propiedad de Entidades Locales y uso en común, sin perjuicio de la ejecución material por terceros, de la obra o mejora objeto de inversión.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento