Ayudas para la mejora y desarrollo de la infraestructura electrica municipal por entidades locales de la Comunidad Autonoma de Extremadura cofinanciadas con fondos de empresas privadas.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S09419/11

Norma:

ORDEN de 18 de febrero de 2011. Decreto 252/2009, de 4 de diciembre. Decreto 63/2008, de 11 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva por la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, de ayudas para la ejecución por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las obras que se establecen en el artículo 2 de la presente orden, que se regirá conforme a lo dispuesto en el Decreto 63/2008, de 11 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas de la Junta de Extremadura a Entidades Locales para sus instalaciones eléctricas municipales (DOE n.º 74 de 17 de abril) y el Decreto 252/2009, de 4 de diciembre, que modifica al anterior (DOE n.º 239, de 15 de diciembre).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención a conceder por la Junta de Extremadura para la presente convocatoria será del 40% de la inversión elegible, no superando, en cualquier caso, los 40.000 euros de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales que pretendan realizar obras de electrificación, de las especificadas en el artículo anterior, en términos municipales cuya población sea igual o inferior a 20.000 habitantes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a polígonos industriales promovidos por las Entidades Locales solicitantes y en terrenos de su propiedad.

b) Instalaciones eléctricas de distribución de alta y/o baja tensión destinadas a la dotación de suministro a desarrollos urbanísticos promovidos por las Entidades Locales solicitantes y en terrenos de su propiedad, a excepción de lo indicado en el punto anterior.

c) Desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes promovidos por las Entidades Locales solicitantes en zona residencial.

d) Desvíos y/o reformas de instalaciones eléctricas de distribución existentes promovidos por las Entidades Locales solicitantes en polígonos industriales.

e) Instalaciones de nueva extensión de red destinadas a dotar de suministro eléctrico a dependencias municipales que en aplicación de la normativa vigente del sector eléctrico le corresponda realizar a las Entidades Locales solicitantes.

f) Instalaciones eléctricas para dependencias destinadas a la prestación de servicios municipales, con la exclusión de las destinadas a alumbrado público.

g) Instalaciones eléctricas para el aprovechamiento de energías renovables, cuando su objeto sea el suministro exclusivo de energía eléctrica a dependencias municipales situadas en lugares aislados en el medio rural.

Requisitos:

Los beneficiarios quedan sometidos a las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 17/04/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 74
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/12/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 239
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/02/2011
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 39
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento