Ayudas para la mejora y modernización de regadíos en Extremadura.

Código de ayuda:

S61900/20

Norma:

ORDEN de 25 de noviembre de 2020. Resolución de 26 de abril de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de junio de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 800.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas a las Comunidades de Regantes u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío de Extremadura, destinadas a la realización de obras e instalaciones que tengan por finalidad el ahorro de agua, la mejora y modernización de las infraestructuras de riego de su competencia, así como las condiciones de las redes de drenaje y los mecanismos de gestión del riego, conforme al Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014 - 2020 financiado por el FEADER.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.

2. La cuantía de la ayuda con carácter general expresada en porcentaje del importe del coste subvencionable, será del 80 %. Este porcentaje se incrementará en los casos siguientes:

a) Un 10 % adicional sobre el total de los costes subvencionables en el caso de que más del 50 % de la superficie regable de las Comunidades de Regantes, estén situadas en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, según la clasificación de la administración autonómica.

b) Serán aplicables los siguientes incrementos del porcentaje de subvención, siempre que las actuaciones supongan al menos el 30 % del presupuesto de ejecución material, en los siguientes casos:

1.º Se incrementará un 10 % adicional sobre aquellas inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.

2.º Se incrementará un 10 % adicional sobre aquellas inversiones de balsas de almacenamiento o infraestructuras de almacenamiento y captación de excedentes estacionales.

3.º Se incrementará un 10 % adicional sobre aquellas inversiones en instalaciones de generación de energías renovables o instalaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de riego.

4.º Se incrementará un 10 % adicional sobre aquellas inversiones en sistemas de gestión y telecontrol o automatización del riego.

3. En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 800.000 € por convocatoria y entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca, ya sean Comunidades de Regantes u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, incluidas las Comunidades Generales de Usuarios y las Juntas Centrales de Usuarios (en adelante también denominadas Comunidades de Regantes), que sean corporaciones de derecho público, sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, estén situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y reconocidas por el Organismo de Cuenca que le corresponda al amparo de lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Tecnología de la Información y Comunicaciones (TIC) que mejoren la gestión del riego o de la Comunidad de Regantes.

b) Infraestructuras para reducir y evitar las pérdidas de agua en las redes de transporte y distribución de agua, instalaciones de bombeo y equipos de filtrado.

c) Balsas de riego, infraestructuras que incrementen la capacidad de almacenamiento de agua y captación de excedentes estacionales.

d) Sistemas de medición del agua tanto de la infraestructura como la que sirve a las explotaciones.

e) Instalaciones de generación de energías renovables en sustitución de energía de fuentes convencionales y otros elementos que mejoren la eficiencia energética.

f) Inversiones intangibles: asistencias técnicas, programas informáticos, instrumentación y equipos, automatización, adecuaciones tecnológicas para la adaptación a las nuevas tecnologías, planes y estrategia que mejoren la gestión del agua.

g) Honorarios para la redacción de proyecto técnico, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud.

Documentos asociados

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