Ayudas para la modernización del comercio y su adaptación a criterios de competitividad y calidad.
Código de ayuda:
S46119/05Norma:
Convocatoria de 11 de julio de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/09/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se convoca la concesión de ayudas en el ejercicio 2005, para la modernización del comercio y su adaptación a criterios de competitividad y calidad.Categorías Subvención
- Comercio
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención a fondo perdido para las inversiones en activos fijos, es de hasta el 25 % del importe de la base imponible que figure en las facturas justificativas de la inversión admitida, y con un máximo de (20.000,00 euros) veinte mil euros, en todos los casos y sin ninguna excepción, para todos los proyectos presentados por un mismo solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Las pequeñas empresas mayoristas.2. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún no teniendo personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o estén en la situación que motiva la concesión de la subvención, que se ubiquen en las Illes Balears, que tengan relación con el comercio y servicios.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las subvenciones en activos fijos para la modernización y la adaptación de los establecimientos a criterios de competitividad y calidad, se dirigirán a financiar las inversiones de establecimientos ya existentes el 1 de enero de 2005, (con licencia municipal de apertura o en tramite de solicitud ante el ayuntamiento), y las inversiones destinadas a la instalación, acondicionamiento o la reforma de locales en el caso de traslado de actividad.Objeto de las inversiones:
a) Obra civil e instalaciones para su modernización y/o innovación con especial incidencia en la estética de escaparates y zonas de venta.
b) Adquisición de equipamiento (mobiliario, maquinaria, equipos informáticos, etc..), con el objeto de ofrecer un mejor servicio al cliente y mejorar la propia gestión del establecimiento.
c) Inversiones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas, siempre que no se haya solicitado subvención para la misma finalidad a otros organismos.
d) Equipamiento especifico para el transporte auxiliar utilizado por el establecimiento comercial.
Requisitos:
Las entidades solicitantes deberán ejercer alguna o algunas de las actividades incluidas en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), regulado por los Reales Decretos Legislativos 1175/1990, de 28 de septiembre y 1259/1991, de 2 de agosto (ver art. 3 de Convocatoria).Documentos asociados
Boletín:
03/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
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Boletín:
15/09/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento