Ayudas para la ocupacion de plazas en comunidades terapeuticas, gestionadas por entidades privadas sin animo de lucro existentes en la Comunidad Autonoma de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S45555/13

Norma:

Resolución de 12/12/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/01/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas para 2014, en régimen de concurrencia competitiva, para la ocupación de plazas residenciales en centros del tipo Comunidad Terapéutica para personas con problemas de drogodependencias y distribuidas entre las distintas provincias que conforman la Comunidad de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo por solicitud será de 660.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El alojamiento. Asegurando la adecuada protección, limpieza, higiene y respeto a la intimidad.

b) La ropa de cama.

c) Comida y atención a las necesidades dietéticas y nutricionales.

d) Tratamiento terapéutico de la adicción en modalidad individual y grupal que incluya, al menos, los siguientes programas:

1º. Programa de educación para la salud.

2º. Psicoeducación y prevención de recaídas.

3º. Programa de intervención familiar.

4º. Programa de habilidades sociales.

5º. Programa de mejora de la autoestima.

6º. Programa de actividades de ocio y tiempo libre.

e) Gestionar los trámites necesarios para traslados y/o acompañamientos a los centros sanitarios cuando se precise dicha atención.

f) Gestión de los trámites en caso de fallecimiento y enterramiento, de aquellas personas sin familia o abandonados de hecho por la misma.

g) En general, la prestación de cualquier servicio que se estime necesario para la debida atención de los usuarios.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, contar con la correspondiente autorización administrativa y estar inscritas en el Registro Oficial pertinente.

b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar.

c) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. No obstante, dicho requisito podrá ser excepcionado, de forma motivada, en razón al especial interés social del objeto y finalidad de la subvención, de la actividad o el servicio subvencionado o que responda a necesidades altamente especializadas o de optimización de los recursos.

d) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 244
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento