Ayudas para la organización de actividades formativas no regladas y de divulgación que impulsen el conocimiento, la competitividad y la innovación de la industria forestal de Galicia.
Código de ayuda:
S18646/20Norma:
RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de junio de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 80.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de esta resolución es mejorar y reforzar las habilidades profesionales para incrementar la competitividad y el conocimiento en todas las fases de la cadena de valor, así como colaborar con la finalidad de las asociaciones del sector. Estas ayudas tienen como objetivo estratégico contribuir a una concienciación colectiva basada en la percepción de la industria forestal como una industria estratégica, innovadora, moderna y reconciliada con el medio ambiente, favoreciendo la participación de los agentes clave en la divulgación de la utilidad de la madera.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Formación
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad máxima de la ayuda será del 100 % de la inversión total subvencionable tanto para las actividades formativas no regladas como para las actividades divulgativas, hasta un máximo de 80.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias, siempre que cumplan las condiciones y los requisitos establecidos en esta resolución:a) Asociaciones, organizaciones y entidades sin ánimo de lucro representativas o relacionadas con el sector forestal.
b) Agrupaciones empresariales innovadoras (AEI).
c) Colegios profesionales cuando las actividades subvencionables se correspondan con su objeto y fines sociales, a tenor de lo dispuesto en sus estatutos.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas e inscritas en los registros competentes y estar al corriente de las obligaciones referidas al depósito de documentos e inscripción de acuerdos en dichos registros.b) No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni tener pendientes de pago deudas con la Comunidad Autónoma, así como estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Realizar las actividades objeto de la ayuda en el ámbito territorial de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
15/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
15/05/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 94
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 94
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento