Ayudas para la participación efectiva de personas trabajadoras en empresas de Economía Social.
Código de ayuda:
S55337/18Norma:
ORDEN de 23 de octubre de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de noviembre de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Justicia podrá otorgar durante el ejercicio 2018 para fomentar la participación real y efectiva de las personas trabajadoras en las empresas de Economía Social, cuyo domicilio social y centro de trabajo radique en la Comunidad Autónoma del País Vasco.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Trabajo y Justicia (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Actividades del artículo 2.1.a): hasta el 75% del coste de la actividad según el presupuesto aprobado por la Dirección de Economía Social, con un límite de diez mil (10.000) euros.b) Actividades del artículo 2.1.b): el 75% del coste de la actividad con un límite de treinta mil (30.000) euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
a) Actividades del artículo 2.1.a): empresas de economía Social con domicilio social en la ComunidadAutónoma del País Vasco y para centros de trabajo situados en la misma.
b) Actividades del artículo 2.1.b): las asociaciones empresariales de Economía Social, Universidades de la CAPV.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar:a) El desarrollo e implantación de métodos y herramientas que faciliten y mejoren la participación de las personas trabajadoras en la gestión y en los órganos de las Empresas de Economía Social.
b) Realización de estudios para la promoción de la participación de los trabajadores y difusión de buenas prácticas en dicha materia.
2.– Las acciones subvencionables deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.
Documentos asociados
Boletín:
30/10/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento