Ayudas para la participación y la promoción de películas españolas seleccionadas en Festivales Internacionales durante el año 2007.

Código de ayuda:

S01864/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2005. RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas con destino a la promoción en el exterior de películas españolas que, durante el año 2007, participen en determinados Festivales Internacionales, clasificados como «A» por la Federación Internacional de Productores de Películas (F.I.A.P.F.) y los que, previa recomendación de la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (F.A.P.A.E.), se establezcan con carácter excepcional.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Óscar de la Academia de las Artes y las Ciencias de Hollywood.
Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para la película de largometraje que compita en representación de España como mejor película de habla no inglesa en los Óscar de la Academia de las Artes y de las Ciencias Cinematográficas de Hollywood, o que siendo mayoritariamente española sea finalista en cualquier categoría de los citados premios –en cuyo caso, aunque compita en más de una categoría, la ayuda será única-; y de doce mil euros (12.000€) en el apartado de «mejor cortometraje».

b) Festival Internacional de Cine de Berlín.
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje y de doce mil euros (12.000 €) para cada cortometraje participante en las Secciones «Competición» –a concurso o fuera de concurso– o «Berlinale Especial».
2. Podrá concederse una ayuda máxima de veinte mil euros (20.000 €) para cada largometraje participante en las Secciones «Panorama Internacional » y «Forum».

c) Festival Internacional de Cine de Cannes.
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje y de doce mil euros (12.000 €) para cada cortometraje participante en la Sección Oficial.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de veinte mil euros (20.000 €) para cada largometraje participante en las siguientes Secciones:
Un Certain Regard.
Quinzaine des Réalisateurs.
Semaine de la Critique.

d) Festival Internacional de Cine de San Sebastián.
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje participante en la Sección Oficial.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de veinte mil euros (20.000 €) para cada largometraje participante en la Sección Zabaltegi. En el caso de participar en los Especiales Zabaltegi, la ayuda máxima ascenderá a
nueve mil euros (9.000 €).

e) Festival Internacional de Cine de Venecia.
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500€) para cada largometraje participante en la Sección principal a competición –a concurso o fuera de concurso–, y de doce mil euros (12.000€) para cada cortometraje incluido en la Sección «Corto cortissimo».
2. Podrá concederse una ayuda máxima de veinte mil euros (20.000 €) para cada largometraje participante en las Secciones «Orizzonti», «Settimana de la Critica» y «Giornati degli Autori».

f) Semana Internacional de Cine de Valladolid.
Podrá concederse una ayuda máxima de treinta mil euros (30.000 €) para cada largometraje participante en la Sección Oficial, y de nueve mil euros (9.000€) para cada largometraje en competición en la Sección «Tiempo de Historia».

g) Festival Internacional de Cine de Mar del Plata.
Podrá ser objeto de ayuda hasta un máximo de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) cada largometraje que participe en la Sección Competición Oficial –a concurso o fuera de concurso–.

h) Festival des Films du Monde de Montreal.
Podrá ser objeto de ayuda hasta un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en las Secciones Competición Oficial y Fuera de Concurso.

i) Festival Internacional de Cine de Karlovy Vary.
Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en las Secciones «Competición de Largometrajes de Ficción» –a concurso o fuera de concurso– y «Competición
de Documentales».

j) Festival Internacional de Cine de Moscú.
Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en la Sección Oficial.
k) Festival Internacional de Cine de Locarno.
Podrá ser subvencionado con un máximo de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) cada largometraje que participe en la Sección «Competición Internacional» –a concurso o fuera de concurso– y de nueve mil
euros (9.000 €) para cada largometraje que tome parte en la Sección «Competición de Vídeo».

l) Festival Internacional de Cine de Toronto.
Por el carácter particular de este Festival, no competitivo y que constituye una plataforma importante para las ventas en el mercado internacional, se establece un régimen especial de ayudas.
A ellas podrán acceder las películas seleccionadas para las diferentes Secciones que se señalan más adelante siempre que:
a. En la fecha de celebración del Festival no tengan distribución en territorio estadounidense.
b. De tratarse de coproducciones internacionales, la participación española no sea inferior al cincuenta por ciento (50 %).
Cuantía de las ayudas.
1. Podrá ser subvencionado con un máximo de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) cada largometraje participante en las Secciones «Gala» y «Special Presentations».
2. Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje participante en las siguientes Secciones: «Masters», «Discovery», «Real to Reel», «Visions» y «Contemporary World Cinema».

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas empresas productoras que estén inscritas en el Registro de Empresas Cinematográficas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y de la realización de películas en coproducción.

En el caso de que sean varias las empresas productoras solicitantes de ayuda por la participación de la misma película en el Festival, podrán presentar solicitudes conjunta o separadamente, aunque, en ningún caso, la ayuda total solicitada podrá superar las cantidades máximas establecidas en el punto tercero.

En el caso de solicitud conjunta, deberán establecer qué empresa percibirá la ayuda o, si fueran varias las beneficiarias, los porcentajes en que se distribuirá.

No se podrá conceder más de una ayuda por la participación de cada película por festival.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los costes inherentes a la presencia en los referidos Festivales, entendiéndose por tales, los siguientes:
- Tiraje y/o subtitulado de las copias exigidas para participar en cada Festival, conforme a su Reglamento, así como de aquellas que se destinen a su proyección en los mercados que se celebren en los mismos.
Estas copias deberán ser puestas a disposición del I.C.A.A. para sus campañas de promoción (excepto en el caso de las ayudas señaladas en el apartado Tercero. A), siempre que la Academia de las Artes y de las Ciencias Cinematográficas de Hollywood continúe reteniendo la copia de las películas nominadas).
- Tiraje de extractos para su difusión en televisión con motivo del Festival.
- Contratación de empresas de relaciones públicas y agentes de prensa, para la labor específica en el festival en el que la película participe.
- Campañas de publicidad en las publicaciones oficiales del Festival, en los medios especializados de la industria cinematográfica y audiovisual y en soportes publicitarios (por ejemplo, alquiler de espacios en los recintos y zonas establecidos en cada festival).
- Será necesario invertir en este apartado al menos un 30% de la cantidad que se solicita como ayuda, y el incumplimiento de ello motivará la denegación completa de la subvención.
- Material publicitario, tal como carteles, fotografías, diapositivas, carpetas de prensa, etc., en las cantidades a utilizar en la promoción de cada película con motivo del Festival en que participe.
En dicho material deberá aparecer el logotipo del Ministerio de Cultura/I.C.A.A. Se pondrán a disposición del Instituto, como mínimo, tres copias de estos materiales.
- Se excluye cualquier material gráfico o audiovisual que no tenga como fin específico la promoción de la película en el festival en el que participe.
- Gastos de transporte de materiales.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento, exclusivamente, de las delegaciones cinematográficas participantes, limitado a las siguientes personas: el director o directores, y un máximo de tres actores y de dos productores.
- Organización de recepciones en el marco del festival en el que participe la película objeto de la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2002
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/01/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 22
Documento: Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 01/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 52
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento