Ayudas para la promocion de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos, a traves de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S11364/13Norma:
Orden de 12 de abril de 2013. Orden 13 de noviembre de 2006. Orden de 2 de abril de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer para el año 2014, la convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a que se refiere la Orden 13 de noviembre de 2006, de la Consejería de Agricultura y Agua, por la que se aprueban las bases reguladoras para la aplicación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del programa de promoción de la lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos, a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Las ATRIAs que hayan obtenido el Reconocimiento Oficial mediante el Título de Agrupación para Tratamientos Integrados en Agricultura.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La lucha integrada contra las plagas de los diferentes cultivos, a traves de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS).Requisitos:
a) Tener concedido el Título de ATRIA el día 1 de enero del año en que se soliciten las subvenciones.b) Suscribir un contrato con un Técnico capacitado, que dirija la lucha contra las plagas en los cultivos agrupados en la ATRIA, mediante la puesta en práctica del Plan de Actuación Técnica. Si el contrato es de arrendamiento de servicios se tiene que cumplir que el Técnico no este incurso en ninguna de las prohibiciones que establece el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y además, si el Técnico contratado esta vinculado con el beneficiario:
- La contratación se ha de realizar de acuerdo con las condiciones normales del mercado.
- Se ha de solicitar la autorización previa del órgano concedente.
c) Desarrollar su actividad durante el período mínimo y la etapa obligatoria de cada año que le correspondan.
d) Comprometerse a mantener su actividad, como mínimo, durante los cinco años que percibe las subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
29/11/1989
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 276
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
18/04/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 88
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
08/04/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 81
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
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