Ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios. Convocatoria 2007, Bases Reguladoras y correcciones.

Código de ayuda:

S57819/05

Norma:

Resolución de 18 de julio de 2006. Orden de 7 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2007 las ayudas reguladas en la Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá sobrepasar el 50% del gasto subvencionable, modulado de la siguiente forma:
Hasta 300.000 euros, máximo 50%.
De 300.001 a 600.000 euros, máximo 30%.
De 600.001 a 1.000.000 de euros, máximo 20%.
Más de 1.000.000 de euros, máximo 15%.

La cuantía máxima de las ayudas previstas no sobrepasará la cantidad de 400.000 euros.
Excepcionalmente y en los casos de planes especiales, fusiones, ampliaciones, nuevas denominaciones o supuestos similares, se podrá conceder hasta el 50% de los primeros 600.000 euros y hasta un 20% del resto, en cuyo caso la cuantía máxima de la ayuda será de 500.000 euros.

En los dos supuestos contemplados en el punto anterior, el presupuesto máximo auxiliable no podrá sobrepasar los 2.000.000 de euros.

La concurrencia de ayudas de estado para la misma finalidad dará lugar a la disminución del porcentaje de ayuda de manera que el total de las mismas no sobrepase el 50% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

a) Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad.
b) Asociaciones y Federaciones de entidades asociativas agrarias y Fundaciones y Organizaciones Empresariales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención las campañas y acciones de promoción genérica que tiendan a dar a conocer o mejorar la imagen del producto y sus características, incluyendo la elaboración del material promocional correspondiente.

Se consideran gastos subvencionables los sufragados por los beneficiarios en relación con las siguientes acciones:
a) Campañas de promoción genéricas.
b) Campañas de publicidad genéricas.
c) Elaboración de material divulgativo y promocional.
d) Elaboración y publicación de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad andaluces.
e) Realización de jornadas técnicas.
f) Acciones de relaciones públicas.
g) Acciones de promoción por asistencia a ferias no subvencionadas por otras ayudas públicas para la misma finalidad.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 11/08/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 156
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 20/11/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 224
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento