Ayudas para la promoción de productos vinícolas en mercados de terceros países.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S00100/17Norma:
Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre. Orden de 23 de diciembre de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 14 de febrero de 2017 inclusive.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar las subvenciones para las medidas de información y de promoción en terceros países de los productos vinícolas.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de estas ayudas está sujeto a tributación en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o Impuesto de Sociedades, según corresponda.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción en terceros países:a) Las empresas vinícolas.
b) Las organizaciones de productores vitivinícolas, asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas, y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152, 156 y 157 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, reconocidas por el Estado miembro, así como las organizaciones profesionales y los grupos definidos en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (UE) n.º 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, y las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
En el caso de las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores será de aplicación lo establecido en los artículos 61.2 y 64.4 c), último párrafo del artículo 66.1, artículo 68 y artículo 70.6 del Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola.
c) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de vinos españoles en mercados de terceros países.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Relaciones públicas y medidas de promoción y publicidad que destaquen en particular las ventajas de los productos comunitarios en términos de calidad, seguridad alimentaria y respeto al medio ambiente.- Participación en manifestaciones, ferias y exposiciones de importancia internacional.
- Campañas de información, en particular sobre los sistemas comunitarios de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y producción ecológicas.
- Estudios de nuevos mercados, necesarios para la búsqueda de nuevas salidas comerciales.
- Evaluación de los resultados de las medidas de promoción e información.
Documentos asociados
Boletín:
06/12/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 294
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
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Boletín:
29/12/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Convocatoria 2017(Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2017(Extracto) Descargar Documento
Boletín:
29/12/2016
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
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