Ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital, correspondientes al año 2021.

Código de ayuda:

S32519/21

Norma:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Orden de 10 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 7 de julio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas para la promoción del sector del videojuego y otras formas de creación digital tienen por objeto el apoyo a proyectos de videojuegos, tanto aquellos cuya distribución sea a través de los canales existentes (PC; consolas; móvil; TV o plataformas de "streaming") como los que se desarrollen para
industrias emergentes (serious games; cloud gaming; weareables; industria 4.0;...), y a proyectos vinculados con otras formas de creación digital (narraciones transmedia y crossmedia; podcasts; realidad extendida, aumentada, mixta y virtual...). En todo caso, todos los proyectos deberán tener carácter y/o interés cultural.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo imputable a la subvención será de 1.000.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, sean de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan
residencia fiscal en España.

Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

Documentos asociados

Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/06/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 143
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 16/06/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 143
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento