Ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países, reguladas en el Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S11646/10Norma:
Orden 28 de enero de 2010. Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero. ORDEN de 1 de febrero de 2011. ORDEN de 9 de enero de 2012. Orden de 26 de abril de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/05/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio FEAGA 2014, la concesión de las ayudas para la promoción en mercados de terceros países reguladas en los artículos del 3 al 20 del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Empresas vinícolas.b) Organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en el capítulo VII del título III del Reglamento (CE) n.º 479/2008, del Consejo, de 29 de abril.
c) Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas vitivinícolas.d) Asociaciones de exportadores y consorcios de exportación.e) Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas por empresas vitícolas que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La promoción en mercados de terceros países.Podrán ser objeto de las medidas de promoción los productos de calidad, destinados al consumo directo, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en terceros países y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:
a) Vinos con denominación de origen protegida.
b) Vinos con indicación geográfica protegida.
c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.
Requisitos:
Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible.Deberán asimismo garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.
Documentos asociados
Boletín:
26/02/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 40
Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
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28/02/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 51
Documento: Real Decreto 244/2009 Descargar Documento
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Boletín:
10/12/2011
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 29
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
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Boletín:
06/02/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 24
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
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Boletín:
18/02/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 11
Documento: Convocatoria 2013 Descargar Documento
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Boletín:
03/05/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 85
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
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