Ayudas para la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación en la Comunidad Foral de Navarra en el año 2019.
Código de ayuda:
S23646/19Norma:
ORDEN FORAL 22E/2019, de 4 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de mayo de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas destinadas a la promoción, difusión y/o normalización del euskera en el ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor
Navarra
Convoca:
Departamento de Relaciones Ciudadanas (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas ayudas todas aquellas personas jurídicas privadas o físicas, de nacionalidad o domicilio social en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de terceros países siempre que realicen su actividad económica en Navarra, se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y desarrollen los proyectos que se mencionan en la base cuarta.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Modalidad A (20.000 euros): adaptación al euskera de aplicaciones, sitios web y programas ya existentes.Deberán disponer necesariamente de un plan específico para poder ser albergados en Internet o estar accesibles al público en general. Será imprescindible que este plan contemple la difusión de la versión en euskera del producto.
Los portales y sitios web en euskera deberán disponer de una planificación de actualización continua, así como una propuesta para dar a conocer el sitio web.y deberán disponer de un contador de visitas, visible u oculto. Si está oculto, la entidad solicitante deberá facilitar a Euskarabidea la opción técnica oportuna para poder conocer el número de visitas recibidas.
2. Modalidad B (20.000 euros): creación en euskera de portales, sitios web, aplicaciones y programas.
Documentos asociados
Boletín:
16/04/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 74
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento