Ayudas para la promocion y la certificacion de los productos con distintivos de origen y calidad de los alimentos y la artesania alimentaria en Cataluña.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S36846/14Norma:
ORDEN AAM/217/2014, de 9 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 18/08/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la promoción y la certificación de los productos con distintivos de origen y calidad de los alimentos y la artesanía alimentaria en Cataluña.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Artesanía
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la línea de ayudas 1 y 3, un máximo del 70% del gasto subvencionable con una cuantía máxima de 30.000,00 euros por entidad beneficiaria.Por la línea de ayudas 2, un máximo de un 90% del gasto subvencionable y hasta una cuantía máxima de 70.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
Detalle beneficiarios:
1. Para la línea de ayudas 1 pueden ser beneficiarias:Los consejos reguladores o entidades asociativas sin ánimo de lucro de productos con DOP/IGP que no tengan productores de base inscritos en el registro comunitario o los que tienen un reconocimiento provisional.
Las entidades asociativas sin ánimo de lucro de productos con ETG.
2. Para la línea de ayudas 2 pueden ser beneficiarios:
Los consejos reguladores o entidades asociativas sin ánimo de lucro de las DOP y de las IGP, y los consejos reguladores de las DOP y IGP vitivinícolas.
Las entidades asociativas de Cataluña de elaboradores sin ánimo de lucro de productos con ETG.
3. Para la línea de ayudas 3 pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades asociativas de artesanos y artesanas, sin ánimo de lucro, que representen los intereses de una única actividad artesanal alimentaria regulada e incluida en el repertorio de oficios de artesanía alimentaria que establece el anexo 2 del Decreto 285/2006, de 4 de julio, por el que se despliega la Ley 14/2003, de 13 de junio, que estén inscritas en el registro correspondiente de la Generalidad de Cataluña.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. La promoción de los distintivos de origen y calidad DOP, IGP, ETG de los productos inscritos en el registro comunitario no ligados directamente a la producción y de los productos con reconocimiento provisional.2. La certificación de los distintivos de origen y calidad de las DOP y IGP vitivinícolas, las DOP, IGP y ETG.
3. La promoción de la artesanía alimentaria en Cataluña.
Requisitos:
En el caso de asociaciones, deben tener sus estatutos adaptados en la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012, e inscritos en el Registro correspondiente.Documentos asociados
Boletín:
18/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6667
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6667
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento