Ayudas para la realización de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada, Proyectos en Cooperación y Proyectos en Humanidades y Ciencias Sociales para el periodo 2007-2009.

Código de ayuda:

S21319/06

Norma:

ORDEN de 30 de mayo de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/08/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones para la ejecución de Proyectos de las siguientes modalidades:
Modalidad 1
Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada de grupos de investigación de un único Organismo.
Modalidad 2
Proyectos en Cooperación en los que se fomenta la participación de investigadores de diferentes organismos en un mismo proyecto.
Modalidad 3
Proyectos de Investigación Básica en las áreas de Humanidades y Ciencias Sociales para fomentar la investigación en estas áreas.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Colaborador: La cuantía a abonar en concepto de colaborador, por una jornada completa, es decir, por 1.400 horas anuales, será de 9.400 euros por anualidad. En el supuesto de que la dedicación al proyecto fuese inferior, el importe a abonar sería proporcional al tiempo de dedicación al mismo.

b) Material inventariable: el importe a abonar por este concepto no superará los 18.000 euros anuales.

c) Material fungible: siempre que sea debidamente justificado y necesario en las actividades del proyecto
no habrá limitaciones en esta partida.

d) Viajes: realizados con motivo del desarrollo de las actividades del proyecto. Se admitirán gastos de viaje
con el fin de exponer los resultados obtenidos en el proyecto en el último año de ejecución del proyecto y exclusivamente para una sola persona del grupo investigador.

e) Otros gastos: por un valor máximo del 20% del presupuesto anual financiado, exceptuando la partida de
inventariable.

Siempre que sea debidamente justificado se podrán admitir gastos que superen estas cifras, si así lo aconseja la evaluación técnica.

En el caso de solicitudes de proyectos en cooperación las limitaciones previstas en los conceptos se considerarán aplicables a cada uno de los Organismos participantes de manera independiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Organismos beneficiarios de ayudas para la realización de proyectos de investigación en las modalidades de esta convocatoria pueden ser:

a) Los Agentes acreditados de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación pertenecientes a las siguientes categorías de agentes de acuerdo al artículo 2 del Decreto 221/2002, de 1 de octubre, por el que se actualizan las bases de regulación de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación:

– Centros de Investigación Básica y de Excelencia.
– Centros, Departamentos, Secciones, Institutos u otras Unidades de Investigación de las Universidades,
excepto de la UPV/EHU.
– Centros de Investigación Cooperativa.
– Centros Tecnológicos.
– Centros Internacionales de Desarrollo y Transferencia Tecnológica.
– Centros Sectoriales de Investigación.
– Organismos Públicos de Investigación.

b) Organismos privados de Investigación con personalidad jurídica propia y carentes de finalidad lucrativa
ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En todo caso, se entenderá como Organismo beneficiario aquel en el que se integra el investigador principal
solicitante y que además tiene personalidad jurídica propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Conceptos financiables en la presente convocatoria:

a) Colaborador.
b) Material inventariable.
c) Material fungible.
d) Viajes.
e) Otros gastos.

Requisitos:

Cada investigador sólo podrá participar en una solicitud de esta convocatoria, sea como solicitante o como
miembro de un grupo de investigación.

Los investigadores de organismos beneficiarios de ayudas de convocatorias anteriores que participen en solicitudes de convocatorias anteriores, las cuales a fecha de 30 de diciembre de 2006 no hayan cerrado aún sus actuaciones por tener obligaciones pendientes, excepto la publicación de resultados, no podrán participar en esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 125
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento