Ayudas para la realizacion de acciones formativas con compromiso de contratacion, dirigidas prioritariamente a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, reguladas en la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S19046/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

a) Hasta el día 30 de septiembre de 2013; b) Hasta el día 31 de octubre de 2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones para la concesión, en el año 2013, de las ayudas para la realización de acciones formativas con compromiso de contratación, dirigidas prioritariamente a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, reguladas en la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo, que desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa se determina mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnas o alumnas por acción formativa y por el importe de los siguientes módulos, en función del nivel de la formación:

Nivel de formación: Básico: 8 euros Superior: 11 euros

El módulo de «nivel básico», que capacita para desarrollar competencias y cualificaciones
básicas, se aplica cuando se imparte formación en materias genéricas o transversales.

El módulo de «nivel superior» se aplica cuando la formación incorpora materias que implican
especialización y/o capacita para desarrollar competencias de programación y/o dirección.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, sus asociaciones u otras entidades ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que adquieran el compromiso previo de contratación de las personas a las que se dirijan las acciones formativas programadas o recaben tal compromiso de las empresas en las que van a ser contratadas, en el supuesto de que se trate de una entidad o centro de formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La programación de acciones formativas con compromiso de contratación.

El número máximo de participantes en las acciones formativas a subvencionar será de 25.

Requisitos:

Las empresas, sus asociaciones u otras entidades beneficiarias deberán disponer para la
impartición de las acciones formativas con compromiso de contratación, de las instalaciones y
equipamiento adecuado para este fin, salvo que contraten la realización de esta actividad, en los términos previstos en el párrafo 7 del artículo 14.

Además de lo dispuesto en los párrafos anteriores, las entidades beneficiarias deberán
cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente en relación con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de las entidades solicitantes de las subvenciones se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de las mismas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.3 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.

b) No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de
obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que
le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento