Ayudas para la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio para el año 2020.
Código de ayuda:
S36300/20Norma:
Resolución de 2 de julio de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de octubre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 10.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Convocatoria tiene por objeto regular el régimen de concesión, en todo el territorio español, de ayudas económicas para la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio, para el año 2020.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA, Y RELACIONES CON LAS CORTES ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La FPyC financiará hasta un máximo del 75% del coste total del proyecto, sin superar en todo caso la cantidad de 10.000 euros.2. El importe de la ayuda no podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste total del proyecto financiado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas todos los Ayuntamientos, Universidades y Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de la cláusula tercera de la convocatoria. Quedan excluidas de esta Línea de Ayudas aquellas entidades que puedan concurrir a las Convocatorias de Ayudas de Línea 1 y Línea 2 de la Fundación Pluralismo y Convivencia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Estudios y proyectos de investigación.b) Publicaciones inéditas o traducciones de obras.
c) Acciones formativas.
d) Actividades de comunicación y/o de sensibilización.
e) Organización de congresos, seminarios, jornadas, ciclos de conferencias
u otras actividades afines.
Requisitos:
a) no estar incursas en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;b) encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social;
c) disponer de los medios y la capacidad para realizar el proyecto para el que se solicita la ayuda;
d) presentar proyectos que se adecuen al objeto de la presente Convocatoria;
e) entregar toda la documentación en los plazos indicados en la presente Convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
18/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
18/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento