Ayudas para la realización de doctorados industriales en la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S15137/24

Norma:

ORDEN 2785/2024, de 23 de junio.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para fomentar el desarrollo de proyectos de doctorado industrial en cualquier ámbito de conocimiento y en cualquier sector empresarial.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación, Ciencia, y Universidades. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de estas ayudas serán:

1. Entorno académico: BOCM-20240704-15

a) Universidades públicas o privadas con sede en la Comunidad de Madrid.

b) Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia y fundaciones dedicadas a la investigación con sede en la Comunidad de Madrid.

2. Entorno empresarial:

Empresas públicas o privadas, con forma jurídica mercantil y centro de trabajo en Comunidad de Madrid, que deseen contratar investigadores predoctorales para la realización de un proyecto de investigación industrial que les sirva como trabajo de tesis doctoral y sea de interés a las empresas con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid

Requisitos:

Las entidades beneficiarias deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir todas las obligaciones que asumen con la aceptación de la ayuda regulada por estas bases.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) En el caso dela entidad empresarial estar dadas de alta, previamente a la fecha de publicación de la convocatoria, en la AEAT en el impuesto sobre actividades económicas con dirección en la Comunidad de Madrid. No se considerará que se cumple el requisito de tener centro de trabajo en Comunidad de Madrid si la entidad tiene domicilio social y fiscal fuera de la Comunidad de Madrid y todas las altas en el IAE en la Comunidad de Madrid son para ejercer la actividad fuera de local determinado.

e) La entidad académica deberá tener una sede en la Comunidad de Madrid que no podrá ser exclusivamente administrativa.

f) La entidad académica deberá tener al director de tesis en su plantilla. La entidad empresarial deberá designar una persona de su plantilla como responsable del proyecto en la empresa, que, en caso de ser doctor, podría figurar como codirector de tesis.

Documentos asociados

Boletín: 04/07/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento