Ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020.- Convocatoria 2016.- Modificación.

Código de ayuda:

S36528/16

Norma:

ORDEN IIU/1132/2016, de 8 de septiembre. Orden IIU/1337/2016, de 21 de septiembre. Orden IIU/1466/2016, de 20 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 4.770

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar el acceso a los estudios de Máster Universitario Estratégico y remunerar la dedicación de los estudiantes de nuevo ingreso, con el fin de financiar sus necesidades básicas de sostenimiento, manutención y/o desplazamiento.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Innovación, Investigación y Universidad (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individual de la ayuda a otorgar por beneficiario ascenderá a 4.770 euros.

Este importe viene determinado por la duración del periodo lectivo del curso académico (nueve meses) y la opción de costes simplificados (OCS) utilizada, que es el coste unitario establecido para el programa Erasmus+.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrá tener la consideración de beneficiario el estudiante que cumpla los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerará actuación subvencionable la realización de los estudios de Máster Universitario Estratégico en alguna de las universidades del Sistema Universitario de Aragón.

Requisitos:

a) Que tenga la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón.

Siempre que la convocatoria lo establezca, se podrá eximir del cumplimiento de este requisito a los estudiantes que tuvieren la consideración de miembro de las comunidades aragonesas en el exterior de conformidad con el artículo 2 letras a) b) c) y d) de la Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas en el Exterior.

b) Que cumpla con los requisitos de renta que se establezcan en esta orden y en las correspondientes
convocatorias.

c) Que la nota media del expediente académico sea, al menos, la fijada en las correspondientes convocatorias.

d) Que no participe en programas de movilidad nacional o internacional.

e) Que no haya superado enseñanzas conducentes a la obtención de un título de Máster Universitario que no habilite para el ejercicio de una profesión regulada en España.

f) Que formalice la matrícula de nuevo ingreso en al menos 60 créditos en un Máster Universitario calificado como estratégico. El cumplimiento de este requisito y su comprobación se realizará en la fecha y forma que se determine en la convocatoria.

g) Que sea seleccionado conforme a lo previsto en el artículo 8.

Documentos asociados

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