Ayudas para la realización de estudios y análisis de detección de necesidades en las empresas del País Vasco.

Código de ayuda:

S26182/04

Norma:

Orden de 2 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de estudios y análisis de detección de necesidades (diagnósticos), que atendiendo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad, se destinarán a empresas de la CAPV.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

N.º Trabajadores/as Financiación
mínima – máxima (euros)
Entre 0 y 50 1.980 - 3.100
Entre 50 y 100 2.600 – 4.325
Entre 101 y 250 3.350 - 5.560
Más de 250 4.450 - 7.420

Las subvenciones que se concedan para la realización de diagnósticos de necesidades de Formación se adecuarán a la regla "de minimis" definida en el Reglamento 69/2001 de la Comisión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas de las C.A.P.V, preferentemente PYMES.

En las mismas condiciones previstas para las empresas, podrán acceder a las ayudas los grupos de empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de estudios y análisis de detección de necesidades (diagnósticos), entendiéndose por ello, el proceso de reflexión y análisis sobre:
a) La situación de los conocimientos que residen en las organizaciones y sus trabajadores, y la gestión que se realiza de los mismos.
b) Los desequilibrios existentes entre los conocimientos, destrezas y/o actitudes que poseen los componentes de una organización y los requeridos para garantizar su proyecto de futuro.
c) La descripción sistemática y global de las acciones e iniciativas conducentes a la superación del desequilibrio detectado. Dicha descripción debiera contener por lo menos, la jerarquización y planificación temporal de las acciones e iniciativas que resulten del estudio, los objetivos que con ellas se pretende alcanzar, las metodologías a utilizar para su realización y una previsión sobre su coste económico.

Todo ello estructurado y soportado a través de un instrumento que resulte de utilidad para la empresa y que le posibilite a ésta definir, concretar, gestionar y evaluar su propio plan de formación.

Podrán financiarse Estudios de Análisis y Detección de Necesidades ya realizados en el momento de la presentación de la solicitud (estudios realizados), siempre durante el ejercicio 2004, o también, proyectos de estudios a poner en marcha por parte de la empresa solicitante.
Estos estudios podrán ser de dos tipos:
a) Estudios realizados por entidades externas (diagnósticos externos) contratadas por la empresa solicitante.
b) Estudios realizados por personal propio y capacitado (diagnósticos internos) de la empresa solicitante.

En todo caso, los Estudios de Análisis y Detección de Necesidades que se realicen por parte de las empresas deberán tener un alcance temporal plurianual.

Se considerarán estudios prioritarios dentro de esta Convocatoria:
a) Los estudios que correspondan a empresas de entre 50 y 100 trabajadores.
b) Los estudios presentados por empresas que nunca han obtenido por Hobetuz subvención por este concepto.
c) Estudios realizados en empresas con presencia relevante de colectivos desfavorecidos.
d) Estudios correspondientes a empresas pertenecientes a sectores con especiales dificultades.
e) Los que contemplen análisis basados en competencias que puedan ser abordadas a través de la oferta formativa asociada al Sistema Vasco de Cualificaciones (catálogo modular).

Tienen la consideración de financiables los siguientes gastos:
1. En los Estudios elaborados por una entidad externa, el coste correspondiente a la contratación de los servicios de la entidad externa que elabora dicho Estudio.
2. En los Estudios elaborados por personal interno de la empresa, el coste salarial correspondiente a las horas de dedicación de las personas responsables de la elaboración del mismo.
En este caso, y a efectos de acreditar el esfuerzo inversor cuando sea necesario, podrán justificarse igualmente los costes derivados de la participación de otras personas de la empresa distintas de los responsables en la elaboración del diagnóstico.

Requisitos:

Se considerará pequeña y mediana empresa (PYME), a aquella que emplea a menos de 250 personas, cuyo volumen de negocio anual no exceda de 40 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 27 millones de euros, y que cumpla los demás requisitos establecidos en la Recomendación de la Comisión Europea sobre la definición de pequeñas y medianas empresas (Recomendación 98/280/CE, que a partir de 1 de enero de 2005 será sustituida por la Recomendación 2003/361/CE).

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº Web de Hobetuz
Documento: Impresos Descargar Documento
Boletín: 03/11/2004
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 210
Documento: Convocatoria Descargar Documento