Ayudas para la realizacion de intervenciones arqueologicas y paleontologicas en la Isla de Menorca.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S29664/14Norma:
Maó, 9 de junio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/07/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Dar apoyo económico a las intervenciones arqueológicas y paleontológicas (excavaciones, prospecciones y sondeos) en yacimientos del ámbito territorial de Menorca, tanto en los trabajos de campo como de laboratorio.Categorías Subvención
- Arqueología y Minería
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, que cuenten con un arqueólogo o una arqueóloga profesional con experiencia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Son objeto de ayuda las intervenciones arqueológicas realizadas como una metodología para un proyecto de investigación y que se ajusten al Decreto 14/2011 que regula las intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las Islas Baleares.2. Se priorizarán las que comporten la organización de un campo de trabajo para la formación de jóvenes investigadores y las que incidan en yacimientos cuya investigación haya tenido apoyo económico del CIM en convocatorias anteriores. También se priorizarán todas las intervenciones que se lleven a cabo en yacimientos arqueológicos o paleontológicos que sean de titularidad pública.
Requisitos:
No haber sido sancionado con carácter firme por incumplimiento de las obligaciones o condiciones establecidas en el otorgamiento de intervenciones arqueológicas o paleontológicas anteriores, de acuerdo con lo establecido en el art. 109 de la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Islas Baleares.En cualquier caso, no pueden ser beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
19/06/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 83
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento