Ayudas para la realizacion de intervenciones arqueologicas y paleontologicas en la isla de Menorca.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18664/12

Norma:

Maó, 3 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo económico a las intervenciones arqueológicas y paleontológicas (excavaciones, prospecciones y sondeos) en yacimientos del ámbito territorial de Menorca, tanto en los trabajos de campo como de laboratorio.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones o las ayudas que se concedan no podrá superar, en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica que cuenten con un arqueólogo o arqueóloga profesional con experiencia vinculado a alguna de las entidades mencionadas en los apartados 3.3 y 5.2 de estas bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las intervenciones arqueológicas realizadas como metodología para un proyecto de investigación y que se ajusten al Decreto 14/2011 que regula las intervenciones arqueológicas y paleontológicas de las islas Baleares.

Requisitos:

En cualquier caso, no pueden ser beneficiarias las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/05/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 74
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento