Ayudas para la realización de planes de autoprotección, así como para las acciones formativas que se deriven de los mismos, al objeto de favorecer la seguridad en los establecimientos turísticos del País Vasco para 2005.

Código de ayuda:

S16819/05

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2005. Bases en ORDEN 21 de mayo de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar el marco general del Programa de ayudas a las empresas turísticas de alojamiento y de restauración de la Comunidad Autónoma del País Vasco establecido en el artículo 32 ter del Decreto 121/2000, de 27 de junio, por el que se establecen distintas líneas de ayudas con fines de promoción económica.

De acuerdo con dicho Programa de ayudas, se subvencionarán los proyectos destinados la realización y/o actualización de planes de autoprotección, así como de las acciones formativas derivadas de los mismos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– El porcentaje de subvención para la elaboración del plan de autoprotección y realización de los planes de formación derivados del mismo no podrá superar el 75% del presupuesto aprobado, ni la ayuda final por empresa o establecimiento turístico superior a la cantidad de 3.000 euros en términos «netos», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

2.– Revisión de los planes de autoprotección y realización del plan de formación correspondiente: Hasta un 25% del presupuesto aceptado por la elaboración del plan de autoprotección y formación inicial, o en el caso de que no se hubiera subvencionado, igual porcentaje de la cantidad máxima que teóricamente le hubiera podido corresponder en caso de haber sido subvencionado.
En todo caso, la subvención máxima que podrá percibir una misma empresa o establecimiento turístico no podrá ser superior a 3.000 euros en términos «netos», entendiéndose como tal el importe facturado una vez deducido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales o entidades o sociedades constituidas o participadas por ellas, las fundaciones, así como las pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que al tiempo de la solicitud hayan obtenido o
cuenten con la correspondiente autorización de actividad y/o clasificación de sus establecimientos y que se encuentren en alguna de las siguientes categorías:
a) establecimientos de alojamiento turístico.
b) establecimientos de restauración: restaurantes y cafeterías siempre que en ambos casos, cuenten con un aforo mínimo autorizado de 70 plazas.

Para determinar que se entiende por establecimientos de alojamiento turístico y por restaurantes y cafeterías, se estará a lo dispuesto en la Ley 6/1994, de 16 de marzo de ordenación de turismo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar proyectos que contemplen alguna de las actuaciones que seguidamente se relacionan:
a) Elaboración del plan de autoprotección y realización de los planes de formación derivados del mencionado plan.
b) Revisión del plan y programa de formación correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 12/06/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 30/06/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 127
Documento: Corrección de Errores de Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/12/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 255
Documento: Modificación de Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/01/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 9
Documento: 2ª Modificación de Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/04/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 71
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento