Ayudas para la realización de planes de descarbonización en PYMEs y grandes empresas del sector industrial" del año 2025.

Código de ayuda:

S00846/25

Norma:

RESOLUCIÓN 394E/2024, de 20 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021, se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) número 401/2009 y (UE) 2018/1999 (“Legislación europea sobre el clima”).

Este Reglamento UE, además de consagrar jurídicamente el objetivo de la Unión Europea de alcanzar la neutralidad climática a 2050, establece un objetivo vinculante para la reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% de aquí al año 2030 con respecto a los niveles de 1990, por el cual sus instituciones y los Estados miembros están colectivamente obligados a adoptar las medidas necesarias.

La finalidad de esta convocatoria de ayudas es contribuir a alcanzar los objetivos previstos en el citado Reglamento, que están alineados con el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, a través de la promoción de actuaciones de realización de Planes de descarbonización en PYMEs y grandes empresas del sector industrial durante el año 2025.

El contenido mínimo de dichos Planes de descarbonización se detallan en el Anexo II de la
convocatoria.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio de Transición Energética (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Tamaño de la empresa Cuantía máxima de ayuda (€)
Pequeña empresa: 4.000
Mediana empresa: 7.000
Gran empresa: 10.000

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las PYMEs o grandes empresas del sector industrial.

Requisitos:

a) Su CNAE se encuentre entre alguno de los siguientes:
- 07. Extracción de minerales metálicos.
- 08. Otras industrias extractivas.
- 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
- 10. Industria de la alimentación.
- 11. Fabricación de bebidas.
- 13. Industria textil.
- 14. Confección de prendas de vestir.
- 15. Industria del cuero y del calzado.
- 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
- 17. Industria del papel.
- 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
- 19. Coquerías y refino de petróleo.
- 20. Industria química.
- 21. Fabricación de productos farmacéuticos.
- 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
- 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
- 24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
- 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.

b) Tener centro de trabajo en Navarra y que la actuación subvencionable se dirija al
establecimiento que tenga la beneficiaria en Navarra.

c) Estar inscrita en el Registro Industrial de Navarra en el caso que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra (Boletín Oficial de Navarra número 94, de 20 de mayo de 2013).

d) Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088 (Reglamento de Taxonomía).

e) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 08
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento