Ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D 2017-2019.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S05455/17

Norma:

Resolución 7E/2017, de 20 de enero. RESOLUCIÓN 29E/2017, de 22 mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de marzo de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico para Navarra, que estén alineados con la estrategia de investigación e innovación europea Horizonte 2020 y que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la sociedad. Se trata de promover el desarrollo de nuevas tecnologías buscando su materialización en la creación de nuevos productos y servicios.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El gasto autorizado para atender los compromisos derivados de la convocatoria es de 12.000.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

–Reto 1: VOLTA. Vehículos de 0 emisiones Largo alcance y Tecnología Avanzada.

–Reto 2: AERO. Almacenamiento de Energía Renovables para Optimizar su uso.

–Reto 3: GEMA. Genómica y Medicina Avanzada.

Requisitos:

a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.

b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.

c) En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

d) En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

La definición de “organismo de investigación y difusión de conocimientos” será la recogida en el apartado 83) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (en adelante, Reglamento (UE) número 651/2014).

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 10/02/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 30/06/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 126
Documento: Modificación Bases Descargar Documento