Ayudas para la realización de proyectos estratégicos de I+D 2017-2019.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S05455/17Norma:
Resolución 7E/2017, de 20 de enero. RESOLUCIÓN 29E/2017, de 22 mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 24 de marzo de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de estas ayudas es fomentar la realización de proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental de carácter estratégico para Navarra, que estén alineados con la estrategia de investigación e innovación europea Horizonte 2020 y que presenten soluciones innovadoras a algunos de los retos que se le presentan a la sociedad. Se trata de promover el desarrollo de nuevas tecnologías buscando su materialización en la creación de nuevos productos y servicios.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General De Industria, Energia E Innovación (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El gasto autorizado para atender los compromisos derivados de la convocatoria es de 12.000.000,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas y los organismos de investigación y difusión de conocimientos que reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
–Reto 1: VOLTA. Vehículos de 0 emisiones Largo alcance y Tecnología Avanzada.–Reto 2: AERO. Almacenamiento de Energía Renovables para Optimizar su uso.
–Reto 3: GEMA. Genómica y Medicina Avanzada.
Requisitos:
a) Tener centro de trabajo en Navarra y desarrollar en el mismo las actividades subvencionadas.b) No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, la solicitud de la subvención conlleva la autorización a este Departamento para consultar, en el momento en que se dicta la propuesta de resolución de concesión, los datos que certifiquen dicha circunstancia.
c) En el caso de las empresas: estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra, en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.
d) En el caso de los organismos de investigación y difusión de conocimientos: aquellos que realicen actividades económicas y no económicas, deberán disponer de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.
La definición de “organismo de investigación y difusión de conocimientos” será la recogida en el apartado 83) del artículo 2 del Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (en adelante, Reglamento (UE) número 651/2014).
Documentos asociados
Boletín:
10/02/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: Bases y Convocatoria 2017 Descargar Documento
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Boletín:
10/02/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 29
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
30/06/2017
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 126
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
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