Ayudas para la realización de pruebas de traducción de obras redactadas originariamente en gallego, con el fin de favorecer su difusión fuera de Galicia, se procede a su convocatoria para el año 2008.
Código de ayuda:
S37882/08Norma:
Orden de 7 de mayo de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/06/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene como objeto fijar, para el ejercicio de 2008, el régimen de ayudas para la realizaciónde pruebas de traducción a otras lenguas de obras redactadas originariamente en gallego, conforme al
procedimiento que a continuación se establece.
Las ayudas reguladas en esta orden se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria
12.02.432A.770.0, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008,
por un imponerte de 25.000 € (veinticinco mil euros).
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Cultura y Deporte (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda se sitúa en el 75% del presupuesto de traducción de la prueba que se desee realizar.Las ayudas tendrán los siguientes límites máximos, calculados sobre una página estándar de 300 palabras, con una tasa de traducción subvencionada, para las lenguas del punto a), de 0,06 € (seis céntimos de euro) por palabra, y de 0,08 € (ocho céntimos de euro) para las del punto b), y un límite de diez páginas,
en ambos casos:
a) Para pruebas de traducción que tengan como lengua de destino el castellano, catalán, francés, inglés,
italiano o portugués, 180 € (ciento ochenta euros).
b) Para pruebas de traducción que tengan como lengua de destino cualquier otra oficial distinta de las
anteriores, 240 € (doscientos cuarenta euros).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas ayudas todas aquellas personas o entidades que acrediten bien su condición decreadoras de obras escritas, bien su condición de editoras, con las limitaciones que establece el punto
siguiente de este artículo.
No podrán ser beneficiarios de esta ayuda aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos
previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A efectos de esta convocatoria, se entiende por prueba de traducción la versión en otra lengua de unfragmento de entre 100 y 1000 palabras, contadas sobre el texto de partida, correspondiente a una obra
publicada originariamente en gallego.
Las ayudas se destinan tanto a obras individuales como a un conjunto de ellas, que deseen ofrecerse
agrupadas para su traslado a otras lenguas.
Documentos asociados
Boletín:
22/05/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento