Ayudas para la realización del Programa de formación dual para personas con discapacidad intelectual en los centros especiales de empleo (CEE).

Código de ayuda:

S53982/19

Norma:

ORDEN de 25 de septiembre de 2019. RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de noviembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de este programa es fijar las bases reguladoras y la convocatoria plurianual de subvenciones a centros especiales de empleo sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de proyectos de formación dual basados en un régimen de alternancia entre el empleo y la formación recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención financiará los siguientes conceptos subvencionables:

a) Ayuda al coste salarial de las personas alumnas-trabajadoras:

Esta ayuda consiste en la financiación parcial del coste salarial de las personas alumnas-trabajadoras con discapacidad intelectual que estén de alta en la Seguridad Social mediante un contrato para la formación y el aprendizaje.

Se financia el 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, respecto de la jornada de trabajo efectiva. Se considera jornada de trabajo efectiva el 50 % de la jornada máxima aplicable según el convenio colectivo de aplicación o, en defecto de este, de la jornada máxima legal.

b) Ayuda para el personal de apoyo y acompañamiento a las personas con discapacidad:

La ayuda consiste en la financiación de los costes salariales de las personas contratadas para el apoyo y el acompañamiento de las personas con discapacidad en su puesto de trabajo.

La subvención se calcula en función del número de personas con discapacidad con contrato para la formación y el aprendizaje atendidas, en una cuantía de 2.400 € anuales por cada persona alumna- trabajadora efectivamente atendida.

c) Ayuda para la actividad formativa:

Se financiará la actividad formativa hasta el máximo del 50 % de la jornada laboral estipulada por convenio colectivo: 8 €/hora formación por alumno/a-trabajador/a. Complementa la ayuda estatal por este concepto hasta un máximo del 50 % de la jornada, es decir, un 25 % de la jornada el primer año del contrato y el 35 % en el segundo y tercer año (el Estado subvenciona el 25 % el primer año y el 15 % el segundo y tercer año).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias de este programa las personas físicas o jurídicas que en la fecha de presentación de la solicitud figuren inscritas como centros especiales de empleo en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 200/2005, de 7 de julio, por el que se regula la autorización administrativa y la inscripción en el Registro Administrativo de Centros Especiales de Empleo de Galicia y su organización y funcionamiento.

Requisitos:

– Estar calificados sin ánimo de lucro, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 200/2005, de 7 de julio.

– Contar con un mínimo de diez trabajadores, de los cuales como mínimo el 30 % debe tener discapacidad intelectual.

– Haber solicitado ante la jefatura territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria el inicio de la actividad formativa para la impartición de la formación profesional dual, mediante la contratación por cuenta ajena de personas con discapacidad intelectual desempleadas, en la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje.

Documentos asociados

Boletín: 04/10/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 189
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 04/10/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 189
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 27/11/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 226
Documento: Modificación crédito. Descargar Documento