Ayudas para la recuperación, el mantenimiento y consolidación del entorno agrario y agrobiodiversidad en la isla de Ibiza para el año 2020-2021.

Código de ayuda:

S03937/21

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria de ayudas es establecer las normas que han de regir las subvenciones destinadas a compensar los gastos superiores que supone el manejo de explotaciones extensivas en la isla de Ibiza y así mantener y consolidar el entorno agrario y su agrodiversidad.

El ámbito territorial de aplicación de estas ayudas es la isla de Ibiza.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones a subvencionar son las siguientes:

a) Laboreo de los terrenos de uso agrario. La ayuda se medirá en € / Ha.

b) Siembra de los terrenos de uso agrario. La unidad de medida de la ayuda es de € / Ha.

c) Mantenimiento de frutales. Las unidades de esta línea de ayuda vienen definidas en € /ha y en función de la densidad de plantación existente.

d) Ganadería extensiva. Las unidades de esta línea de ayuda serán en €/ha y respetando siempre unos valores máximos y mínimos de carga ganadera por superficie de 0,15 a 1 UGM/ha.

e) Implantación y mantenimiento de colmenas de abejas. El número mínimo de colmenas a instalar/mantener es de cinco.

Las ayudas podrán financiar gastos de actuaciones que se realicen desde el 1/09/2020 hasta el 31/08/2021.

Requisitos:

a) Que en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, sean titulares de explotaciones agrarias en la isla de Ibiza.

b) Que en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda esté en posesión del Libro Oficial de Registro de Explotación de Ovino y Caprino, y/o del Libro de Explotación Apícola debidamente diligenciado (en caso de que se solicite ayuda para actuaciones indicadas en el punto 6 d y 6 e).

c) Que en fecha de presentación de la solicitud de ayuda, las explotaciones agrarias, sus recintos y la superficie admisible sobre los que recaerá el cálculo de la ayuda deben estar inscritos a nombre del beneficiario en el Registro Insular Agrario de la isla de Ibiza (RIA) o con la declaración responsable de inscripción en el RIA presentada, regulado por el Decreto 43/2015, de 22 de mayo, de principios generales y directrices de coordinación en materia de explotaciones agrarias, agrarias prioritarias, de titularidad
compartida, preferentes y de ocio o autoconsumo, y de regulación sobre la organización y el funcionamiento del Registro Interinsular Agrario y de los registros insulares agrarios de las Islas Baleares.

Documentos asociados

Boletín: 25/02/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 27
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/02/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 27
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento