Ayudas para la reducción de brechas de género en el ámbito laboral en el año 2024.
Código de ayuda:
S15782/22Norma:
Orden 31/2020, de 5 de marzo. Resolución de 08/03/2022. Resolución de 16/06/2023. Resolución de 15/05/2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de junio de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la reducción de brechas de género en el ámbito laboral:a) Proyectos que promuevan la igualdad de retribuciones, la reducción de la segregación profesional tanto horizontal como vertical, la conciliación y corresponsabilidad del trabajo y la familia, que eliminen la discriminación y el acoso por razón de género en el trabajo y/o el fomento del emprendimiento femenino.
b) Proyectos que con su realización contribuyan a reducir los obstáculos socioculturales persistentes que hace que aún existan desequilibrios de género en el ámbito laboral.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto de la Mujer (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad máxima estimada destinada para esta convocatoria de subvenciones es de 50.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 70.01.323B.48126 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024, línea 1148 del Plan Estratégico de Subvenciones, elemento PEP OOAA/0000001827.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Tendrán la condición de entidades beneficiarias, a efectos de la presente resolución, las entidades sin ánimo de lucro, y las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional con sede o delegación permanente en Castilla-La Mancha.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de laactividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo de ejecución establecido.
En concreto, podrán ser subvencionables:
a) Gastos de personal propio o contratado, derivados exclusiva y directamente del proyecto subvencionable.
b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica.
En los apartados a) y b) cuando se trate de actividades formativas se subvencionará la hora impartida por un máximo de 80 €. Sólo se podrán superar los 80 €/hora cuando la impartición de taller, jornada, curso o actividad similar exija una cualificación técnica determinada o la materia a impartir tenga una especial complejidad. Cuando se trate de ponencias o conferencias se subvencionará hasta un máximo de 250 euros. Sólo se podrá superar esta cuantía cuando la ponencia o conferencia se dirija a un colectivo profesional muy especializado o la materia a impartir tenga una especial complejidad. Cuando se trate de actividades de planificación, coordinación y/o evaluación del proyecto, podrán subvencionarse los gastos estrictamente necesarios, y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo del mismo, con un
límite del 20% de la cantidad concedida, sin que en ningún caso puedan superar los 15.000,00 euros.
c) Gastos desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que ejecuten el proyecto. Para los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención se considerarán los límites fijados por la Junta de Castilla-La Mancha para su propio personal durante el año de referencia, actualizados en el Anexo X-A de la Orden 197/2021, de 30 de diciembre, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 (DOCM de 3 de enero).
d) Gastos de material de oficina, de promoción, edición, publicación y difusión.
A estos efectos, se entenderá que el gasto se ha realizado cuando se ha llevado a cabo la actividad subvencionada que origina el gasto y cuando éste ha sido efectivamente pagado entre el día siguiente a la publicación de esta resolución de convocatoria y el 31 de diciembre de 2022, excepto en caso de gastos de personal, en los que se admitirá el pago de los seguros sociales a cargo de la entidad y los justificantes de pago de las retenciones practicadas por el IRPF hasta el 30 de enero de 2023.
En ningún caso serán subvencionables:
a) Los gastos de inversión.
b) El IVA deducible.
Requisitos:
Las entidades solicitantes deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 de La Orden 31/2020, de 5 de marzo, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación, modificada por la Orden 23/2021, de 24 de febrero.Documentos asociados
Boletín:
12/03/2020
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras y Modificaciones Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras y Modificaciones Descargar Documento
Boletín:
17/03/2022
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 53
Documento: Convocatoria 2022 (Completa y Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 53
Documento: Convocatoria 2022 (Completa y Extracto) Descargar Documento
Boletín:
22/06/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 118
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 118
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín:
22/06/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 118
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 118
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
24/05/2024
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Modificación Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
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Boletín:
24/05/2024
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín:
24/05/2024
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 101
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento