Ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas incluidos dentro del área de regeneración y renovación urbanas de Sant Lluís, Binifadet y Ses Barraques, en el marco del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S07437/17Norma:
Palma, 6 de febrero de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31 de marzo de 2017.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 11.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria de ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas incluidos dentro del área de regeneración y renovación urbanas de Sant Lluís, Binifadet y Ses Barraques, en el marco del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016.Categorías Subvención
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Territorio, Energía y Movilidad. (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda es el 35% del coste subvencionable de la actuación, y no puede superar el importe deayuda unitaria establecido en 11.000 € por cada vivienda objeto de rehabilitación.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones subvencionables consiste en la ejecución de obras de rehabilitación, de trabajos de mantenimiento, de intervenciones en instalaciones fijas y equipamiento propio, tanto en elementos comunes de edificios de viviendas como en zonas privativas de viviendas, con el fin de adecuarlos a la normativa vigente.Requisitos:
a) Cuando se trate de personas físicas, que sean residentes en las Islas Baleares y que tengan la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza; o, en el caso de extranjeros no comunitarios, la residencia legal en España. Cuando se trate de personas jurídicas, que acrediten o declaren expresamente en su solicitud que se encuentran constituidas debidamente, según la normativa que les resulte de aplicación.b) Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
10/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 20
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
28/02/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento