Ayudas para la reparacion, rehabilitacion y reconstruccion de locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios afectados por los movimientos sismicos, acaecidos el 11 de mayo de 2011, en el municipio de Lorca.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S52919/11

Norma:

Decreto n.º 327/2011, de 23 de diciembre. Decreto n.º 49/2012, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 3 de mayo de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión y pago de las ayudas para la reparación, rehabilitación y reconstrucción en caso de que haya sido precisa la demolición, de locales o establecimientos mercantiles,
industriales o de servicios siniestrados en el término municipal de Lorca a causa del seísmo, así como el control del cumplimiento del objeto, condiciones y finalidad de las mismas.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda económica podrá alcanzar el 100 por cien del valor de las obras de reparación, rehabilitación y reconstrucción, de locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, según tasación individualizada de los daños realizada o ratificada por los técnicos competentes que la Dirección General de Territorio y Vivienda disponga al efecto, descontando de dicha ayuda el importe el importe de otras indemnizaciones y subvenciones que se reciban por los daños producidos por el seísmo, en concreto el importe correspondiente a la póliza de aseguramiento. En todo caso, la cuantía máxima de esta ayuda será de 8.000 euros por local o establecimiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas titulares de locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios en las condiciones que establece el Real Decreto-Ley 17/2011 de 31 de octubre que modifica el Real Decreto-Ley 6/2011 de 13 de Mayo, entendiendo por tales los titulares de los negocios o actividades mercantiles, industriales o de servicios desarrolladas en el local o establecimiento siniestrado, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las obras de reparación, rehabilitación y reconstrucción, de locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, que se deriven de daños producidos por el seísmo.

Requisitos:

a) Ser titular del local o establecimiento mercantil, industrial o de servicios que tengan menos de cincuenta empleados y que como consecuencia del seísmo se hayan destruido, demolido o dañado.

b) Que al tiempo de producirse el siniestro, los locales o establecimientos mercantiles, industriales o de servicios, estuvieran asegurados.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2011
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 297
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 03/04/2012
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 78
Documento: Ampliación plazo presentación. Descargar Documento