Ayudas para la seleccion de las PYME participantes en los proyectos de negocio electronico y factura electronica presentados por las entidades colaboradoras seleccionadas en la convocatoria 2/2007, del Programa Avanza PYME - Modificación.

Código de ayuda:

S45282/08

Norma:

RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2007. RESOLUCION de 10 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

1er. Procedimiento: del 1 al 29 de Feb. de 2008, ambos incluidos. 2º Procedimiento: del 2 al 30 de Sep. de 2008, ambos incluidos

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de proyectos y actuaciones para el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza (Programa Avanza PYME).

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Otras

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Proyecto: «e-comercia».
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico en las PYME.

Proyecto: PANTERA.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico para actividades de reparación de vehículos automóviles. En particular, las siguientes:

Ordenador + impresora.
Programas de Gestión empresarial del taller.
Programas de valoración de daños.
Información técnica de vehículos.
Catálogo electrónico de recambios.
Herramientas electrónicas de diagnosis.

Proyecto: «COELCO 2».
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico en las PYME.

Proyecto: E-FACTUR@.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

Proyecto: Plataforma de Servicio pago por uso para los agentes comerciales.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica para la actividad de Agente Comercial.

Proyecto: PYME DIGITAL.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica para las actividades de asesoría fiscal, asesoramiento económico y auditoría de cuentas, así como a las PYME que contratan dichos servicios. En particular, las siguientes:

Aplicación para la facturación electrónica.
Aplicación de comunicaciones.
Escáner
Dispositivo Lector para firma con DNI electrónico y otras tarjetas
criptográficas
Aplicación de respaldo
Aplicación de Gestión Documental.

Proyecto: E-FACTURA.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales e inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

Proyecto: Proyecto PYMe-FACTURA.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

Proyecto: E-FACTURA PYME.
Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

Requisitos:

1. Las empresas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Que empleen a menos de 250 personas.
2.º Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.
3.º Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

2. Las PYME que reciban ayudas para la participación en los proyectos descritos en el anexo I deben cumplir los siguientes requisitos:

- Tratarse de una pequeña o mediana empresa de acuerdo con la definición recogida en el punto 1 de este apartado.
- Los previstos en el apartado sexto (Requisitos y obligaciones de los beneficiarios) de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
- No superar los límites de ayudas previstos en la normativa de minimis.

3. Las PYME seleccionadas como beneficiarias para la participación en alguno de los proyectos descritos en el anexo I tienen las siguientes obligaciones:

- Cumplimentar la declaración de minimis y entregarla a la entidad colaboradora con carácter previo a la recepción de la ayuda.
- Presentar los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y entregarlos a la entidad colaboradora con carácter previo a la recepción de la ayuda. Estos certificados podrán ser reemplazados por una declaración responsable cuando la ayuda recibida sea inferior a 3.000 euros.
- Participar en la realización del proyecto o actuación objeto de la ayuda.
- Entregar a la entidad colaboradora la justificación de la realización del proyecto o actuación.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 304
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/06/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 146
Documento: Modificación Descargar Documento