Ayudas para la siembra de forrajeras en la isla de Eivissa, para la campaña 2014-2015.

Código de ayuda:

S48155/14

Norma:

Eivissa, 7 d’octubre de 2014. Eivissa, 04 d’abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Finalizará el 15 de noviembre de 2014.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la adquisición de semillas para la siembra de especies forrajeras tradicionales en el
ámbito de Eivissa, veza y avena, para la campaña 2014-2015, mediante las cooperativas agrícolas de la isla de Eivissa; para su aprovechamiento por parte del ganado.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará la venta de semillas para la siembra, de especies forrajeras avena y veza; en la proporción de 70 % i 30 % respectivamente, con una tolerancia del 5 %. En cualquier caso, el factor limitante es la veza, que no podrá superar el 35 % del total de la mezcla de las semillas. La densidad de siembra es de 120 kg de semilla/ha.

Las ayudas que se podrán conceder a las cooperativas agrarias en concepto de promoción de la
siembra y venta de semillas son, como máximo del 50 % del precio de venta al público.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o personas jurídicas solicitantes tendrán que cumplir los requisitos establecidos.

Las cooperativas agrarias que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La siembra de especies forrajeras tradicionales en el ámbito de Eivissa, veza y avena, para la campaña 2014-2015, mediante las cooperativas agrícolas de la isla de Eivissa; para su aprovechamiento por parte del ganado.

La ayuda podrá subvencionar gastos realizados del 1 de octubre de 2014 al 14 de noviembre de 2014.

Requisitos:

Podrán solicitar la subvención las cooperativas agrarias que reúnan los siguientes requisitos:

a. Que su ámbito de actuación territorial esté ubicado en Eivissa.

b. Que estén legalmente constituidas.

c. Que estén inscritas en el registro de cooperativas correspondiente.

d. Que acepten los compromisos y las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como los establecidos con carácter genérico en las bases reguladoras de las ayudas.

Para ser beneficiario/a de las ayudas que se prevén en la presente convocatoria, se deberán cumplir los siguientes requisitos generales:

a. Estar al corriente de sus obligaciones económicas con el Consell Insular d’Eivissa. El Consell Insular d’Eivissa comprobará de oficio este requisito una vez formulada la solicitud de ayuda.

b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c. El ámbito territorial de actuación de los beneficiarios será la isla de Eivissa.

d. Los requisitos específicos que se detallan en cada línea de ayuda.

e. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas, las entidades o las agrupaciones en las cuales concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del artículo 10 del texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares y
el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la mujer.

f. Los beneficiarios tendrán que cumplir las obligaciones previstas al artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 51
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/10/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 142
Documento: Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento