Ayudas para la zona Ese Entrecabos, para la ejecucion del Eje 4 del Fondo Europeo de Pesca en su ambito territorial de intervencion.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S37173/12

Norma:

Resolución de 3 de octubre de 2012. Resolución de 15 de marzo de 2011. Resolución de 13 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2013 de concesión, en régimen
de concurrencia competitiva, de las ayudas previstas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP) dirigidas a la financiación de las siguientes líneas de actuación correspondientes al llamado Eje Prioritario.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas se concederán bajo la forma de subvención bruta de capital, a fondo perdido. La cuantía individualizada de cada ayuda podrá alcanzar los siguientes porcentajes:

— Para operaciones productivas: el 60% del gasto subvencionable.

— Para operaciones no productivas en las que el beneficiario es un Ayuntamiento o Cofradía de Pescadores: el 100% del gasto subvencionable, siempre que sean de interés colectivo, con beneficiarios colectivos.

— Para operaciones no productivas en las que el beneficiario es una organización sin ánimo de lucro diferente a las referidas en el punto anterior: el 75% del gasto subvencionable.

En todo caso respetarán los límites establecidos en la normativa comunitaria y en la normativa básica estatal.

No obstante, en ningún caso, el importe de la ayuda concedida podrá ser superior a 200.000 euros, ni de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, supere el coste de la inversión subvencionada.

Además de lo anterior, las presentes ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedentes de cualquier otro instrumento financiero comunitario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento dentro de la zona de acción costera Navia-Porcía o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos generales establecidos en la base quinta de la Resolución de 15 de marzo de 2011 de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se establece el régimen de ayudas para la aplicación del Eje 4 del FEP, dentro de las estrategias de desarrollo local, para el período 2007-2013 (BOPA de 19-03-2011).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Consolidar la competitividad de las zonas pesqueras.

b) Reestructuración y diversificación de las actividades económicas, en particular promoviendo el turismo ecológico, siempre que estas acciones no den como resultado un aumento del esfuerzo pesquero.

c) Diversificación de actividades mediante la promoción de la pluriactividad para pescadores por medio de la creación de empleos adicionales fuera del sector pesquero.

d) Valor añadido para los productos de la pesca.

e) Ayuda a pequeñas infraestructuras y servicios relacionados con la pesca y el turismo en beneficio de las pequeñas comunidades pesqueras.

f) Protección del medio ambiente en las zonas pesqueras, con el fin de mantener su atractivo, regenerar y desarrollar pueblos costeros con actividades pesqueras y proteger y reforzar el patrimonio natural y arquitectónico.

g) Restablecimiento del potencial de producción del sector pesquero cuando esté dañado debido a desastres naturales o industriales.

h) Promoción de la cooperación interregional y transnacional entre actores y zonas de pesca, principalmente a través del establecimiento de redes y la difusión de buenas prácticas.

i) Adquisición de destrezas y competencias profesionales, capacidad de adaptación y acceso al empleo, particularmente destinadas a las mujeres siempre que formen parte integrante de una estrategia de desarrollo sostenible, y tengan una relación directa con las medidas descritas en lo apartados anteriores. La financiación de esta medida puede ser hasta un máximo del 15% del total del presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 20/06/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 142
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento