Ayudas para la zona Navia Porcia, para la ejecucion del Eje 4 del Fondo Europeo de Pesca en su ambito territorial de intervencion.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S37164/12Norma:
Resolución de 3 de octubre de 2012. Resolución de 15 de marzo de 2011. Resolución de 10 de mayo de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/06/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2013, de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas previstas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP).Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Para inversiones no productivas la ayuda podrá llegar al 100% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto, siempre que sean de interés colectivo, con beneficiarios colectivos.b) Para inversiones productivas, la ayuda podrá llegar al 60% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
La persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento dentro de la zona de acción costera Navia-Porcía o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos generales establecidos en la base quinta de la Resolución de 15 de marzo de 2011 de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se establece el régimen de ayudas para la aplicación del Eje 4 del FEP, dentro de las estrategias de desarrollo local, para el período 2007-2013 (BOPA de 19-03-2011).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones a las que se dirigen estas ayudas podrán tener carácter productivo o no productivo. Se consideran inversiones productivas aquellas que una vez finalizadas constituyen una actividad económica lucrativa.Se consideran inversiones no productivas aquellas cuyo titular es una entidad sin ánimo de lucro de carácter público o privado y que, una vez finalizadas, no constituyen una actividad económica lucrativa.
Documentos asociados
Boletín:
19/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
21/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 116
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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