Ayudas para la zona Navia Porcia, para la ejecucion del Eje 4 del Fondo Europeo de Pesca en su ambito territorial de intervencion.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S37164/12

Norma:

Resolución de 3 de octubre de 2012. Resolución de 15 de marzo de 2011. Resolución de 10 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2013, de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas previstas en el Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para inversiones no productivas la ayuda podrá llegar al 100% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto, siempre que sean de interés colectivo, con beneficiarios colectivos.

b) Para inversiones productivas, la ayuda podrá llegar al 60% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento dentro de la zona de acción costera Navia-Porcía o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos generales establecidos en la base quinta de la Resolución de 15 de marzo de 2011 de la Consejería de Medio Rural y Pesca, por la que se establece el régimen de ayudas para la aplicación del Eje 4 del FEP, dentro de las estrategias de desarrollo local, para el período 2007-2013 (BOPA de 19-03-2011).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones a las que se dirigen estas ayudas podrán tener carácter productivo o no productivo. Se consideran inversiones productivas aquellas que una vez finalizadas constituyen una actividad económica lucrativa.

Se consideran inversiones no productivas aquellas cuyo titular es una entidad sin ánimo de lucro de carácter público o privado y que, una vez finalizadas, no constituyen una actividad económica lucrativa.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 234
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 21/05/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 116
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento