Ayudas para las acciones formativas del Plan formativo para el empleo (personas trabajadorasdesempleadas) de la Comunidad Autónoma de Galicia para el período 2024-2026, y se realiza su primera convocatoria para los ejercicios 2024-2025 (código de procedimiento TR301K).

Código de ayuda:

S15791/24

Norma:

ORDEN de 1 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de agosto de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y las condiciones por las que se regirán, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, las convocatorias públicas y la ejecución de las acciones formativas del Plan formativo para el empleo (personas trabajadoras desempleadas), gestionadas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (procedimiento TR301K) a través de sus direcciones territoriales. CVE-DOG: e83vlge7-idi8-agj4-p8r7-alhlixm3pef5

Las subvenciones que se concedan al amparo de lo dispuesto en esta orden tendrán como finalidad la financiación de las especialidades formativas a impartir y estarán dirigidas a la adquisición y mejora de competencias profesionales con impacto en el mercado laboral conducentes a una formación total o parcial incluida en un certificado profesional, o a la adquisición de competencias clave.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar y obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades y centros de formación que, en la fecha de entrada en vigor de la correspondiente convocatoria, estén acreditados o, en su caso, inscritos para impartir en el ámbito de la Comunidad Autónoma las ofertas formativas del Sistema de formación profesional de los grados B y C y/o las competencias clave para las cuales soliciten subvención, ya sea en la modalidad presencial o virtual, entendida esta última como modalidad de teleformación.

Las entidades deberán disponer, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las instalaciones debidamente acreditadas que permitan la impartición de las actividades presenciales de las acciones formativas solicitadas.

Las entidades que soliciten impartir la formación en la modalidad virtual deberán contar con autorización previa para impartir las mismas ofertas en la modalidad presencial.

Documentos asociados

Boletín: 09/07/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/07/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 132
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento