Ayudas para las actividades contempladas en la medida de fomento del turismo y la artesanía (medida V) del Programa PRODER, gestionadas a través de Grupos de Acción Local.
Código de ayuda:
S38200/05Norma:
ORDEN 3713/2005, de 28 de junio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/07/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
Realizar la primera convocatoria del año 2005 de presentación de solicitudes de ayuda para la medida V del Programa PRODER “Fomento del turismo y la artesanía”.La finalidad de las ayudas es apoyar acciones turísticas y artesanales en el medio rural, tanto de carácter productivo como no productivo.
Se trata de apoyar acciones turísticas y artesanales en el medio rural, tanto de carácter productivo como no productivo, como acciones dinamizadoras y generadoras de puestos de trabajo en las zonas rurales menos desarrolladas, que permitan crear una oferta de calidad, diversificando la propia oferta turística y abriendo nuevas posibilidades de turismo alternativo, más respetuoso con el medio.
Categorías Subvención
- Artesanía
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Desarrollo Rural
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
- Recursos Humanos
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
— Actividades productivas: Se podrán subvencionar con unaayuda máxima del 35 por 100 aplicada sobre una inversión
máxima subvencionable de 180.300 euros.
— Actividades no productivas: Se podrá financiar hasta el 94 por 100 sobre una inversión máxima subvencionable de 180.300 euros.
En cualquier caso se aplicará la “regla de mínimis”, a excepción de las actividades no productivas desarrolladas por asociaciones sin ánimo de lucro.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas privadas, como sus asociaciones sin ánimo de lucro, que planteen un proyecto subvencionable y cumplan los requisitos exigidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
En general, se considerarán subvencionables las siguientes inversiones:a) Acondicionamiento de los terrenos, de construcciones e instalaciones existentes que sean necesarias para desarrollar la actividad objeto de ayuda.
b) Construcciones e instalaciones nuevas para actividades objeto de ayuda.
c) Maquinaria.
Si las inversiones para las que se solicita la ayuda, tuvieran la finalidad de prestar servicios a terceros dentro de la línea de ayuda contemplada en el capítulo V, se aplicarán únicamente a la compra de maquinaria especializada y equipos de nueva adquisición, que suponga una innovación tecnológica y que tenga por objeto la realización de labores y actividades agrarias o depuración y utilización de residuos de las explotaciones agrarias. La maquinaria especializada y equipos subvencionados, se dedicarán al menos durante cinco años, con un mínimo del 50 por 100 de sus horas anuales de funcionamiento, a prestar servicios en explotaciones ajenas.
d) Equipos y utillaje.
e) Animales vivos, siempre que dicha inversión no supere el 50 por 100 de la inversión total aprobada.
f) Gastos de contratación de personal directamente relacionado con el proyecto.
g) Estudios y asistencias técnicas, ligadas a proyectos de inversión.
h) Otros gastos necesarios para la inversión, incluida la redacción del proyecto técnico y su dirección facultativa, así como la licencia urbanística municipal siempre que estos gastos no superen el 12 por 100 de la inversión total aprobada.
Turismo:
— Inversiones en agroturismo y turismo rural de calidad.
— Inversiones vinculadas al turismo ambiental, de actividades al aire libre y de contacto con la naturaleza así como la recuperación de la fauna y la flora autóctonas.
— Promoción del turismo rural así como del conocimiento de sus posibilidades a través de estudios tanto de oferta como de demanda, ligados a la inversión. Creación de centrales de reserva, llevadas a cabo por entidades sin ánimo de lucro, que faciliten el acceso del turista potencial así como el conocimiento de la oferta.
Artesanía:
— Apoyo a las iniciativas empresariales de artesanía tradicional que utilizan recursos endógenos.
— Apoyo al tejido empresarial artesano vinculado a los productos agrarios y subproductos.
— Recuperación de antiguas labores artesanales, técnicas y oficios.
Documentos asociados
Boletín:
29/08/2002
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Programa PRODER 2002-2006 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Programa PRODER 2002-2006 Descargar Documento
Boletín:
29/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 101
Documento: Modificación de Programa Descargar Documento
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Boletín:
17/05/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Modificación de Programa Descargar Documento
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Boletín:
05/07/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: 1ª Convocatoria 2005 Descargar Documento
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