Ayudas para las actividades contempladas en la medida de fomento del turismo y la artesanía (medida V) del Programa PRODER, gestionadas a través de Grupos de Acción Local.

Código de ayuda:

S38200/05

Norma:

ORDEN 3713/2005, de 28 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realizar la primera convocatoria del año 2005 de presentación de solicitudes de ayuda para la medida V del Programa PRODER “Fomento del turismo y la artesanía”.
La finalidad de las ayudas es apoyar acciones turísticas y artesanales en el medio rural, tanto de carácter productivo como no productivo.

Se trata de apoyar acciones turísticas y artesanales en el medio rural, tanto de carácter productivo como no productivo, como acciones dinamizadoras y generadoras de puestos de trabajo en las zonas rurales menos desarrolladas, que permitan crear una oferta de calidad, diversificando la propia oferta turística y abriendo nuevas posibilidades de turismo alternativo, más respetuoso con el medio.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía
  • Recursos Humanos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía e Innovación Tecnológica (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Actividades productivas: Se podrán subvencionar con una
ayuda máxima del 35 por 100 aplicada sobre una inversión
máxima subvencionable de 180.300 euros.
— Actividades no productivas: Se podrá financiar hasta el 94 por 100 sobre una inversión máxima subvencionable de 180.300 euros.
En cualquier caso se aplicará la “regla de mínimis”, a excepción de las actividades no productivas desarrolladas por asociaciones sin ánimo de lucro.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas privadas, como sus asociaciones sin ánimo de lucro, que planteen un proyecto subvencionable y cumplan los requisitos exigidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En general, se considerarán subvencionables las siguientes inversiones:
a) Acondicionamiento de los terrenos, de construcciones e instalaciones existentes que sean necesarias para desarrollar la actividad objeto de ayuda.
b) Construcciones e instalaciones nuevas para actividades objeto de ayuda.
c) Maquinaria.
Si las inversiones para las que se solicita la ayuda, tuvieran la finalidad de prestar servicios a terceros dentro de la línea de ayuda contemplada en el capítulo V, se aplicarán únicamente a la compra de maquinaria especializada y equipos de nueva adquisición, que suponga una innovación tecnológica y que tenga por objeto la realización de labores y actividades agrarias o depuración y utilización de residuos de las explotaciones agrarias. La maquinaria especializada y equipos subvencionados, se dedicarán al menos durante cinco años, con un mínimo del 50 por 100 de sus horas anuales de funcionamiento, a prestar servicios en explotaciones ajenas.
d) Equipos y utillaje.
e) Animales vivos, siempre que dicha inversión no supere el 50 por 100 de la inversión total aprobada.
f) Gastos de contratación de personal directamente relacionado con el proyecto.
g) Estudios y asistencias técnicas, ligadas a proyectos de inversión.
h) Otros gastos necesarios para la inversión, incluida la redacción del proyecto técnico y su dirección facultativa, así como la licencia urbanística municipal siempre que estos gastos no superen el 12 por 100 de la inversión total aprobada.

Turismo:
— Inversiones en agroturismo y turismo rural de calidad.
— Inversiones vinculadas al turismo ambiental, de actividades al aire libre y de contacto con la naturaleza así como la recuperación de la fauna y la flora autóctonas.
— Promoción del turismo rural así como del conocimiento de sus posibilidades a través de estudios tanto de oferta como de demanda, ligados a la inversión. Creación de centrales de reserva, llevadas a cabo por entidades sin ánimo de lucro, que faciliten el acceso del turista potencial así como el conocimiento de la oferta.

Artesanía:
— Apoyo a las iniciativas empresariales de artesanía tradicional que utilizan recursos endógenos.
— Apoyo al tejido empresarial artesano vinculado a los productos agrarios y subproductos.
— Recuperación de antiguas labores artesanales, técnicas y oficios.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2002
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 205
Documento: Programa PRODER 2002-2006 Descargar Documento
Boletín: 29/04/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 101
Documento: Modificación de Programa Descargar Documento
Boletín: 17/05/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 116
Documento: Modificación de Programa Descargar Documento
Boletín: 05/07/2005
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 158
Documento: 1ª Convocatoria 2005 Descargar Documento