Ayudas para las agrupaciones de defensa vegetal para el asesoramiento agrario con finalidades de defensa vegetal para el año 2018.

Código de ayuda:

S38491/18

Norma:

Palma, 14 de diciembre de 2017. Palma, 16 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de agosto de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba, mediante el procedimiento anticipado de gasto, la convocatoria de ayudas, para el año 2018, destinadas a las agrupaciones de defensa vegetal con el fin de asesorar en defensa vegetal y colaborar con la Administración en la lucha colectiva contra los agentes nocivos de los vegetales, de acuerdo con lo establecido en la Orden de la consejera de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a los sectores agrario y pesquero, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares nº 43, de 17 de marzo de 2005.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (Fogaiba) (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden solicitar y, por tanto, ser beneficiarias directas de estas ayudas las agrupaciones de defensa vegetal que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La actuación subvencionable es la prestación del servicio de asesoramiento, que realiza la ADV a los beneficiarios finales de las ayudas, en cuanto a las actuaciones que se detallan a continuación:

a) Asesorar a los agricultores en la lucha contra los agentes nocivos que afectan a los cultivos y las superficies de labranza de la ADV.

b) Realizar el seguimiento de las plagas, las enfermedades y las malas hierbas que el Servicio de Agricultura considere necesario para dar el servicio adecuado a los agricultores.

c) Facilitar periódicamente la información obtenida de acuerdo con los planes de actuación presentados al Servicio de Agricultura.

d) Transmitir a todo el territorio los avisos fitosanitarios que dé el Servicio de Agricultura.

e) Participar en las actividades y las reuniones de coordinación convocadas por el Servicio de Agricultura.

f) Desarrollar, en colaboración con el Servicio de Agricultura y con otras ADV, los ensayos, los experimentos y las actuaciones de seguimiento en común de plagas, enfermedades y malas hierbas para mejorar los procesos de obtención de información sobre el seguimiento de daños y plagas, así como sobre la detección y la identificación de patógenos, y para implementar nuevas técnicas de lucha necesarias para la prevención, el control o la erradicación.

Requisitos:

a) Estar constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el que se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Islas Baleares (BOIB nº 166, de 30.11.2013), estar inscritas en el Registro de ADV con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes y disponer, antes de la emisión del informe de la unidad gestora previsto en el punto 2 del apartado séptimo, de un plan de actuaciones aprobado por el Servicio de Agricultura de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

b) Prestar asesoramiento, en relación con esta ayuda, a productores agrarios activos que cumplan los requisitos para ser considerados como pymes dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, según la definición que establece el anexo I del Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014. Este requisito debe acreditarse, en el momento de la justificación, mediante declaración responsable de los productores asesorados, sin perjuicio de la aportación por parte de la ADV del certificado acreditativo del cumplimiento del requisito mencionado en el momento de la solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 161
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/07/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 89
Documento: Ampliación plazo solicitud Descargar Documento
Boletín: 19/07/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 89
Documento: Ampliación plazo solicitud (Extracto) Descargar Documento