Ayudas para las inversiones en transformacion y comercializacion de productos agrarios y forestales del periodo 2007-2013 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (Feader).- Convocatoria 2014.- Ampliación dotación de la ayuda.
Código de ayuda:
S46555/13Norma:
ORDEN de 19 de diciembre de 2013. ORDEN de 14 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 27 de enero de 2014; consultar excepción.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Consellería del Medio Rural y del Mar para las inversiones en mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios y forestales para el período 2007-2013 cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2014.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Comercio
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería del Medio Rural. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A. Empresas con inversiones en transformación y comercialización de productos incluidos en el anexo I del Tratado:Tipo de empresa Microempresas, pequeñas y medianas empresas Empresas intermedias
Porcentaje máximo de ayuda 50 % 25 %
B. Empresas con inversiones relativas al aserrado de madera:
Tipo de empresa Microempresas
Porcentaje máximo de ayuda 50 %
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, que tengan una actividad económica, sean titulares de las instalaciones objeto de ayuda, y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones en activos fijos materiales para la creación, ampliación y modernización de las instalaciones situadas en Galicia destinadas a la transformación y/o comercialización de productos agrarios, considerando como tales los productos enumerados en el anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea excepto los productos de la pesca. Los productos resultantes de los procesos de transformación y/o comercialización podrán ser productos agrarios (incluidos en el anexo I del Tratado) o no agrarios (no incluidos en el anexo I del Tratado).Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos:
a) Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles, incluida la compra de terrenos.
En todo caso, la adquisición de terrenos será subvencionable hasta el límite del 10 % del total de los gastos subvencionables.
b) Compra de maquinaria y equipamientos nuevos, incluidos los programas informáticos y los soportes lógicos.
c) Los gastos vinculados a los apartados anteriores en honorarios de proyecto y dirección de obra, estudios de viabilidad y adquisición de patentes y licencias relacionadas con el proceso productivo.
Documentos asociados
Boletín:
26/12/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
24/07/2014
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Ampliación Dotación. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 140
Documento: Ampliación Dotación. Descargar Documento