Ayudas para libros de texto y material didactico e informatico complementario para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza escolarizado en centros sostenidos con fondos publicos durante el curso 2014-15.

Código de ayuda:

S25864/14

Norma:

Orden de 3 de junio de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/06/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar ayudas para libros de texto y material didáctico e informático complementario, para el alumnado matriculado en el curso escolar 2014-15 en los distintos niveles de la enseñanza obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos
radicados en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los importes máximos de cada ayuda que se conceda al amparo de esta convocatoria serán los siguientes:

110 euros para los alumnos de primero, segundo, tercero, cuarto, quinto o sexto nivel de Educación Primaria.

150 euros para los alumnos de primero, segundo, tercero o cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los padres/madres o tutores legales del alumnado matriculado para el curso académico 2014-15 en primero, segundo, tercero, cuarto, quinto o sexto nivel de Educación Primaria o en primero, segundo, tercero o cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Tales requisitos se acreditarán mediante la certificación realizada en la propia solicitud por la dirección de los centros sostenidos con fondos públicos correspondientes de que el alumno o la alumna va a cursar en el curso académico 2014-15 alguno de esos niveles.

Requisitos:

Será requisito para obtener estas ayudas que los ingresos de la unidad familiar en el año 2013, en función del número de miembros computables, no hayan superado los siguientes umbrales máximos:

N.º de miembros Umbral máximo no superable

1 3.300

2 4.650

3 6.825

4 8.900

5 10.875

6 12.750

7 14.525

8 16.200

A partir del octavo miembro se añadirán 1.975 euros por cada nuevo miembro computable.

Se denegará la ayuda cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2013 superior a 42.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 05/06/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 128
Documento: Bases, Convocatoria 2014/2015 y Anexos. Descargar Documento