Ayudas para los Programas de Máster y Doctorado y la convocatoria para presentación de solicitudes en el ejercicio 2009.
Código de ayuda:
S58546/09Norma:
ORDEN de 28 de julio de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas para gastos asociados a la impartición de clases magistrales por profesorado externo en los programas de Máster y Doctorado ofertados por las Universidades con sede en el País Vasco para el curso académico 2009-2010.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Financiación Preferente / Préstamos
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe destinado a esta convocatoria asciende a 262.158 euros, y ha sido habilitado con cargo a loscréditos presupuestarios consignados para esta finalidad en el Programa 4223, de Enseñanza Universitaria, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009, aprobados por Ley 19/2008, de 29 de diciembre.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las Universidades con sede social en el País Vasco y, en su caso, las entidades titulares de los Centros e Institutos Universitarios de Investigación radicados en el País Vasco donde se organicen y desarrollenlos Programas a los que se refiere el artículo 1.1 de la presente Orden.
Requisitos:
Las personas jurídicas solicitantes deberán reunir los requisitos generales de idoneidad subjetiva exigidospor la legislación vigente para ser beneficiarias de subvenciones públicas y no hallarse sancionadas penal ni
administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres.
Documentos asociados
Boletín:
21/08/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
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