Ayudas para potenciar el transporte de interés social.

Código de ayuda:

S07746/05

Norma:

Orden IND 10/2005, de 21 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar el funcionamiento de las estaciones y/o terminales de autobuses de Cantabria, dado el interés social del transporte público por carretera.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será de hasta un 40% de los gastos corrientes de las estaciones o terminales de autobuses que sean subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que cumplan los requisitos establecidos con carácter general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, en particular, los concesionarios del Gobierno de Cantabria de estaciones o terminales de servicios públicos regulares, permanentes y de uso general de transporte de viajeros por carretera de la Región.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables aquellos gastos de las estaciones o terminales que se encuentren dentro de alguna de las siguientes categorías:
1) Reparaciones, conservación y mantenimiento: los de sostenimiento del inmovilizado y movilizado de la estación.
2) Suministros de electricidad, basura, agua y teléfono.
3) Gastos de personal afiliado a la empresa concesionaria, en la parte proporcional que preste servicios propios a la estación.
4) Gastos por servicios profesionales contratados a otras empresas: servicios de limpieza, servicios de seguridad, gastos de asesoría y auditoría y defensa jurídica.
5) Otros gastos corrientes que, por su índole, pudieran ser considerados objeto de subvención a criterio de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 42
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento