Ayudas para prácticas formativas en organizaciones internacionales, denominadas "Ayudas Canigó – Francesc Vendrell".

Código de ayuda:

S18200/24

Norma:

ORDEN EXT/190/2024, de 5 de agosto.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las presentes bases es regular las ayudas para fomentar la realización de prácticas formativas en organizaciones internacionales públicas multilaterales y de carácter intergubernamental y en las instituciones de la Unión Europea, con una estructura orgánica permanente e independiente.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Exterior y Union Europea (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las becas se dirigen a personas tituladas universitarias que tengan interés en perfeccionar el perfil académico y mejorar el conocimiento práctico sobre las políticas y actividades en el marco de las relaciones exteriores, con un énfasis especial en los temas que afecten más directamente a Cataluña.

Requisitos:

a) Ser mayores de edad.

b) Tener la nacionalidad de uno de los estados miembros de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de los países candidatos a la adhesión.

c) Tener residencia efectiva en Cataluña o estar inscritas en el Registro de catalanes y catalanas residentes en el exterior un mínimo de 2 años continuos o 2 años discontinuos dentro de los 10) años inmediatamente anteriores al momento de la publicación de la convocatoria correspondiente o estar inscritas en el.

d) Tener titulación universitaria oficial de la Unión Europea. En el caso de tener una titulación de países no miembros, será necesario presentar la homologación oficial del ministerio competente. A efectos de las presentes bases reguladoras, se entenderá por persona titulada universitaria aquella que esté en posesión de un título universitario o del documento acreditativo del pago de los derechos de expedición de dicho título. Quedan excluidos de estas bases reguladoras los estudios de extensión universitaria y los títulos propios.

e) Tener conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1), de conformidad con lo previsto en el Decreto 37/2024, de 6 de febrero, sobre evaluación y certificados de conocimientos de lengua general de catalán.

f) Tener la aceptación para realizar las prácticas formativas de alguna de las instituciones multilaterales u organizaciones internacionales que conste en la convocatoria correspondiente.

g) No haber recibido con anterioridad una beca o ayuda en el mismo programa.

h) No estar sometida a alguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2024
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9222
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento