Ayudas para proyectos de promoción y mejora del acceso de las pymes de la Comunidad Valenciana a los servicios y contenidos de la Sociedad de la Información y del Conocimiento.
Código de ayuda:
S20673/04Norma:
Orden de 30 de julio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/08/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La promoción y mejora del acceso de las pequeñas y medianas empresas valencianas a los servicios y contenidos de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, dentro del marco normativo del Programa de Acciones Innovadoras de la Comunidad Valenciana 2002-2004 (PAICV), singularmente, su acción cinco; el 2º Plan de Modernización de la Comunidad Valenciana, moderniza.com; y el Programa de la Sociedad de la Información y del Conocimiento, del Plan Valenciano de Investigación, Desarrollo e Innovación 2001-2006 (PVIDI 2001-2006).Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Infraestructuras y Transportes (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En ningún caso el importe global de las ayudas concedidas pueda superar el 80% del coste total del proyecto subvencionado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Pymes que se adhieran a los proyectos presentados por Federaciones o Asociaciones Empresariales Sectoriales que carezcan de ánimo de lucro y que tengan su sede social, delegación o establecimiento de producción en la Comunidad Valenciana.Dichas Federaciones o Asociaciones Empresariales Sectoriales también podrán ser beneficiarias cuando contribuyan directamente a la realización del proyecto.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones inmateriales en aplicaciones informáticas para la integración y conexión a herramientas de comercio electrónico, desarrollos web, correo electrónico, software de seguridad, y, en general, software destinado específicamente a cubrir las actuaciones incluidas dentro del contenido de cada programa.También serán subvencionables los equipos adquiridos ex profeso para el proyecto, así como las adaptaciones de equipos o programas para el mismo fin.
Se entiende por inversión en activos inmateriales toda inversión en transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, know how o conocimientos técnicos no patentados.
Se considerará subvencionable el IVA soportado cuando suponga un coste real para el beneficiario.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
06/08/2004
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4814
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 4814
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