Ayudas para proyectos finalistas de caracter cultural, educativo y de integracion social, y para la mejora, mantenimiento de infraestructuras y equipamientos por parte de las entidades, comunidades religiosas y lugares de culto, Linea 2, pertenecientes a confesiones minoritarias con Acuerdo de cooperacion con el Estado español: judios, musulmanes y protestantes.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35055/11

Norma:

Madrid, 15 de junio de 2011. Resolución de 1 de junio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 3 de octubre de 2011.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de concesión de ayudas, en todo el territorio español, destinadas a las entidades, comunidades religiosas y lugares de culto pertenecientes a Federaciones de confesiones religiosas minoritarias que tengan celebrado Acuerdo de cooperación con el Estado español, con la finalidad de favorecer, promocionar y fomentar las actividades de carácter cultural, educativo o de integración social que lleven a cabo las mismas a través de proyectos y actividades, y para la mejora y mantenimiento de infraestructuras y equipamientos de las comunidades religiosas, a desarrollar durante el año 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Educación y Ciencia
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Fundación Pluralismo y Convivencia ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- La Fundación financiará hasta un máximo total de 20.000 euros por entidad, comunidad religiosa o lugar de culto solicitante, lo que deberá representar todo lo más el 75% del coste total del proyecto o proyectos financiado/s –en caso de tratarse de un plan comunitario–.

2.- El importe de la ayuda no podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste total del proyecto o proyectos financiados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades, comunidades religiosas y lugares de culto que estén integrados en alguna de las Federaciones de confesiones religiosas minoritarias que tengan celebrado Acuerdo de cooperación con el Estado español o tengan el aval de la Federación correspondiente y que además estén inscritas en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, o hayan pedido su inscripción en el mencionado Registro y estén pendientes de su inscripción definitiva.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de carácter cultural, educativo y de integración social que lleven a cabo las entidades, comunidades religiosas y lugares de culto integrados en las Federaciones o que estén avalados por éstas y siempre que cumplan los requisitos de la base segunda.

Como apoyo al cumplimiento de dichas actividades y proyectos, podrá solicitarse por parte de los beneficiarios ayudas dirigidas a las infraestructuras y equipamiento de sus locales en los que se desarrollen las actividades financiadas no superando éstas el 45% de la ayuda concedida.

Requisitos:

Para poder acceder a la ayuda será necesario no estar incurso en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 146
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 20/06/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 146
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento