Ayudas para realizar proyectos de I+D. Convocatoria 2025.

Código de ayuda:

S04646/25

Norma:

RESOLUCIÓN 472E/2024, de 31 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de abril de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de I+D (investigación
industrial y de desarrollo experimental) por parte de las empresas, con el propósito de impulsar
una dinamización tecnológica que incremente su competitividad y la de Navarra.

Asimismo, se quiere impulsar la transferencia del conocimiento a través de la realización
conjunta de proyectos de I+D entre las empresas y los agentes de ejecución del SINAI
(Sistema Navarro de I+D+i), definidos en el artículo 7 de la Ley Foral 15/2018, de 27 de junio, de Ciencia y Tecnología.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas.

El tamaño de las empresas, a efectos de calcular la intensidad de las ayudas, se determinará conforme al anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (en adelante RGEC, Reglamento General de Exención por Categorías).

b) Los agentes de ejecución del SINAI (Sistema Navarro de I+D+i), que estén acreditados como tales en el registro regulado por la Orden Foral 2E/2020, de 28 de febrero, del Consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital (en adelante, agentes del SINAI).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos del personal (investigador, técnico y auxiliar) en la medida y durante el periodo en que se dedique directamente al proyecto.

b) Gastos de los materiales empleados en el proyecto: materias primas y otros aprovisionamientos. Si dichos materiales se adquieren para emplearlos también en otras actividades distintas al proyecto, deberá justificarse el criterio de reparto utilizado.

c) Gastos de amortización de equipos, de patentes de invención, de modelos de utilidad y de certificados complementarios de protección de medicamentos y de productos fitosanitarios, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto.

d) Gastos de colaboraciones externas de otras entidades que realicen tareas de I+D en el
proyecto y aporten conocimientos técnicos.

Se incluirán en este concepto tanto las contrataciones como las subcontrataciones a que alude la base 12.1. También pertenecen a esta categoría los trabajos que realicen los organismos de investigación y difusión de conocimientos que no sean agentes del SINAI.

e) Coste indirecto simplificado (15% de los gastos de personal subvencionados), en el caso de agentes del SINAI a los que no se les financien los costes indirectos.

f) Otros gastos directamente relacionados con el proyecto que puedan asignarse individualmente a éste. Así, en esta partida, se incluirán entre otros los siguientes gastos:

- Gastos derivados del uso de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) de ámbito regional, nacional o europeo.

- Gastos de solicitud de las patentes generadas por el proyecto. Este gasto no será subvencionable para las grandes empresas.

El gasto de consultoría asociado a la preparación y presentación de la solicitud de ayuda, se subvencionará hasta un máximo de 1.500 euros por proyecto.

- Gasto de gestión administrativa y financiera del proyecto mediante contratación a terceros. El gasto a subvencionar por este concepto sumadas las partidas de personal y de otros costes no superará los 6.000 euros por cada socio del proyecto.

El límite será de 8.000 euros para el coordinador.

- Gastos de difusión, incluyendo el vídeo del proyecto al que alude la base 17, con un límite de 2.500 euros. En este concepto también se podrán incluir los gastos de organización de eventos de difusión y comunicación. Esta ayuda únicamente la podrá solicitar el responsable de difusión del proyecto.

- El gasto de los informes de auditoría a que alude la base 14.2.

Requisitos:

a) Tener un centro de trabajo en Navarra donde esté adscrito personal que participe en el
proyecto a subvencionar. La participación de distinto personal deberá ser debidamente justificada.

En todo caso, la mayoría del coste de personal imputado al proyecto debe corresponder a personas adscritas a un centro de trabajo en Navarra.

b) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Con el fin de acreditar que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, el solicitante autoriza a este
Departamento para consultar, cuando corresponda, los datos que certifiquen dicha circunstancia. Si deniega expresamente dicha autorización, deberá aportar con la solicitud los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.

c) No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria, por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género o, en su caso, no estar pendiente de cumplimiento de sanción o sentencia impuesta por dichos motivos.

d) Si se trata de una empresa, deberá estar inscrita o haber solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda conforme al artículo 3 de la
Orden Foral 152/2013, de 30 de abril, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se crea el Registro Industrial de Navarra.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 42
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento