Ayudas para replantar árboles.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S03100/10Norma:
Resolucion de 14 de enero de 2010. Orden de 10 de marzo de 2005. Resolución de 20 de septiembre de 2010. Resolución de 4 de octubre de 2010. Resolución de 16 de noviembre de 2010. Resolución de 15 de julio de 2011. Palma, 4 de octubre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/11/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar, para el año 2011, la convocatoria de ayudas para la aplicación de un plan piloto de desarrollo sostenible en las Illes Balears para replantar albaricoqueros, almendros, higueras y algarrobos afectados por diferentesenfermedades, de acuerdo con lo que se establece en la Orden de la Consejera
de Agricultura y Pesca, de 10 de marzo de 2005, por la que se establecen las
bases reguladoras de las subvenciones en los sectores agrario y pesquero, (BOIB nº 43, de 17 de marzo de 2005).
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.La cuantía de las ayudas queda fijada en 20,00 euros por árbol replantadoincluyendo la adquisición del árbol y la mano de obra de replantación.
2.En el caso de los beneficiarios señalados en el punto 1 a) y 1 b) del apartado tercero, esta cantidad se incrementará en 5€ por árbol replantado por tal de cubrir los gastos de arranque y destrucción de almendros a destruir.
3.El importe máximo de la ayuda por hectárea es el siguiente:
3.1 Beneficiarios señalados en los puntos 1 a) y 1 b) del apartado tercero:
el importe máximo de subvención no puede superar los 2.500, 00 euros por hectárea.
3.2 Beneficiarios señalados en el punto 1 c) del apartado tercero: el importe
máximo de la subvención no puede superar los 2000,00 euros por hectárea,
respecto a la parcela nueva.
3.3 Beneficiarios señalados en el punto 1 d) del apartado tercero:
a)Para recintos con una densidad de plantación inferior a 150 árboles por
hectárea, teniendo en cuenta los árboles que estaban vivos y la replantación que debe hacerse, es de 800,00 euros por hectárea.
b)Para recintos con una densidad de plantación superior a 150 árboles por hectárea, teniendo en cuenta los árboles que estaban vivos y la replantación que debe hacerse, es de 300,00 euros por hectárea.
4.El importe máximo de subvención no puede superar en ningún caso los dos mil quinientos euros (2.500,00€) por beneficiario, excepto los beneficiarios
afectados por incendios forestales para los que el importe máximo de la ayuda
es de cuatro mil euros (4.000,00€).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a)Titulares de explotaciones agrarias con recintos de almendros afectadospor hongos de madera que replanten en la parcela albaricoqueros, higueras y/o
algarrobos. Los recintos afectados deben de estar situadas dentro del perímetro de afectación del hongo, delimitado por la Dirección General de Medio Rural y Marino.
b)Titulares de explotaciones agrarias con recintos de almendros afectados
por los incendios forestales que replanten con almendros o algarrobos el recinto afectado. Para demostrar este extremo se tendrá que presentar copia del acta del incendio expedida por autoridad competente o solicitar una inspección de los recintos afectados.
c)Titulares de explotaciones agrarias con recintos afectados por gusano
cabezudo (Capnodis tenebrionis) y que replanten la plantación de albaricoqueros afectados en otro recinto.
d)Titulares de explotaciones agrarias que replanten por enfermedad o
muerte del árbol: albaricoqueros, almendros, higueras y/o algarrobos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El replantar, dentro del plazo comprendido entre la publicación de ésta convocatoria y el 31 de marzo de 2012, albaricoqueros, almendros, higueras y/o algarrobos.Documentos asociados
Boletín:
17/03/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
19/01/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 8
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 8
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín:
30/09/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 142
Documento: Segunda Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 142
Documento: Segunda Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
14/10/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 148
Documento: Modificación Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 148
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Boletín:
27/11/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 172
Documento: Modificación Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 172
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Boletín:
21/07/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Ampliación crédito. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 111
Documento: Ampliación crédito. Descargar Documento
Boletín:
13/10/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 155
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento