Ayudas para transporte de las personas con movilidad reducida.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S05882/12Norma:
Vilafranca del Penedès, 15 de febrer de 2012. Vilafranca del Penedès, 27 de gener de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/03/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
EEstructurar y fijar los criterios y el procedimiento para la concesión de las ayudas para transporte de las personas con movilidad reducida y / o con discapacidad física, para la asistencia a centros de día deservicios sociales, centros ocupacionales y centros especiales de trabajo, que no disponen de transporte público o no puedan utilizarlo por impedimentos de salud, previa justificación médica y / oa propuesta del director del centro.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Discapacidad / Personas con discapacidad
Transporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Comarcal del Alto Penedès (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas con movilidad reducida y / o con discapacidad física, mayores de 16 años, que esténempadronadas en la comarca del Alt Penedès:
- Personas con certificado de reconocimiento de discapacidad con un grado igual o superior al 33%, superando el baremo de movilidad reducida, no puedan utilizar el transporte público o privado.
- Personas con certificado de reconocimiento de discapacidad con un grado igual o superior al 33% que superando o no el baremo de movilidad reducida, pero que no disponen de transporte público o no puedan utilizarlo para impedimentos de salud, previa justificación médica y / oa propuesta del director del centro.
- Personas mayores de 65 años, que sin certificado de reconocimiento de discapacidad acrediten, previa justificación médica, alguna de las situaciones siguientes:
• Una dependencia continuada de aparatos técnicos (silla de ruedas, bastones) o necesidad de acompañamiento.
• Que sufra algún trastorno cognitivo que le impida el uso de medios normalizados de transporte.
• Que se encuentren sin apoyo familiar y / o vecinal con graves problemas de movilidad previo informe del Equipo Básico de Atención Social Primaria de su municipio.
La valoración de la discapacidad y de la superación del baremo de movilidad reducida se efectuará por los servicios de valoración y orientación correspondientes.
Los entes locales, las asociaciones y / o entidades de la comarca sin ánimo de lucro, que se encarguen de organizar este servicio mediante transporte colectivo, siempre que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El transporte de las personas con movilidad reducida y / o con discapacidad física, para la asistencia a centros de día de servicios sociales, centros ocupacionales y centros especiales de trabajo, que no disponen de transporte público o no puedan utilizarlo por impedimentos de salud, previa justificación médica y / oa propuesta del director del centro.Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
15/02/2012
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
23/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6073
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DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6073
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